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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Conforman Comité de Saneamiento Contable de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 353-2011-MDLP-ALC La Perla, 28 de setiembre del 2011EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTALa Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01, de fecha 08 de abril del 2011, emitida por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, con el Informe Nº 092-2011/GA-MDLP y Opinión Legal mediante Informe Nº455-2011-GAJ/MDLP; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28708 General del Sistema Nacional de Contabilidad, establece que la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, encargado de dictar y aprobar normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el Sector Público; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/93.01 de fecha 08 de Abril del 2011, se aprueba la vigencia y difusión de la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público”, la que tiene por objeto regular la obligatoriedad de las entidades públicas de efectuar las acciones administrativas necesarias para la revisión, análisis y depuración de la información contable. Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2011- EF/51.01 de fecha 03 de Agosto del 2011, se resuelve la aprobación y difusión del: “Manual de Procedimientos para las acciones de saneamiento contable de las Entidades Gubernamentales”. Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/51.01 de fecha 24 de Agosto del 2011, se resuelve los plazos para el saneamiento de la información contable, precisándose que el plazo de la presentación de los avances de la implementación del Saneamiento de la información contable, para el primer semestre del año 2011, dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 29608, será hasta el 30 de Setiembre del año 2011 y el término del plazo de la presentación de los resultados fi nales de la implementación del saneamiento de la información contable, dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 29608, seré el 31 de marzo del 2012. Que, el artículo 4º de la referida Directiva Nº 003- 2011-EF/93.01, dispone que los titulares de las entidades deben crear un Comité de Saneamiento Contable, el que establecerá las acciones que permitan reconocer, clasi fi car y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicación de las acciones de saneamiento contable e informará al Titular de la entidad pública de las acciones de saneamiento ejecutadas y los resultados alcanzados; Que, el Comité de Saneamiento Contable deberá estar constituido por el Director General de Administración o cargo equivalente, quien lo presidirá, el Director de Contabilidad o cargo equivalente, el Director de Tesorería o cargo equivalente, el Director de abastecimiento o cargo equivalente, y por el Director del Órgano de Control Institucional, en calidad de veedor; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, con los Vistos Buenos de la Gerencia de Administración y de la Gerencia de Asesoria Jurídica, por lo que; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMESE el Comité de Saneamiento Contable de la Municipalidad Distrital de la Perla, el mismo que estará integrado por los siguientes funcionarios: - CPC. Carlos Farro Ortiz Gerente de Administración, quien la presidirá. - CPC. Félix Francisco Tataje Valenzuela Sub. Gerente de Contabilidad - Sra. Irene Sonia Aguirre Basurto Sub. Gerente de Tesorería.- CPC. Elizabeth Mercedes Quiroz Sub. Gerente de Chapillequen Abastecimiento - CPC. Javier Jesús Pérez Castillo Gerente de Control Institucional, en su calidad de veedor. Artículo Segundo.- El Comité de Saneamiento Contable, actuará conforme a la Directiva Nº 003-2011- EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Procesos de Saneamiento Contable en el Sector Público” y tendrá las siguientes funciones: 2.1. Proponer al Alcalde las políticas, cuentas y procedimientos contables sujetos a las acciones de saneamiento para su aprobación. 2.2. Requerir a las áreas responsables de la Municipalidad, involucradas en el proceso de saneamiento contable, la información necesaria con las recomendaciones para el saneamiento contable sustentado con la documentación pertinente para la revisión, análisis y depuración de las cuentas contables que correspondan, proponiendo la modalidad de registro contable con sujeción a lo determinado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8 de la Directiva Nº 003-2011- EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público”. 2.3. Disponer con Acuerdo en Acta y luego de la revisión, análisis y depuración, el registro de las acciones de saneamiento contable. 2.4. Sustentar documentada y fehacientemente las actividades de saneamiento contable. 2.5. Proponer la ejecución de las acciones de saneamiento contable en el marco de las políticas, las cuentas y procedimientos contables. 2.6. Efectuar el monitoreo permanente de la ejecución de las acciones de saneamiento contable, así como elaborar y presentar el Informe de Avance de la Implementación del Titular del Pliego, quien reportará a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República según los plazos establecidos en el Artículo 4º de la Ley Nº 29608. 2.7. Otras funciones que le asigne el Alcalde en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29608. Artículo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia de Administración, la remisión de la presente Resolución a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGASE a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 697901-1451010