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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (01/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450994 Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural y/o geográ fi co, un importante sector de la población no ha podido acceder a los documentos de identidad, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad; Que con fecha 29 de octubre de 2008, la Comunidad Europea y la República del Perú, representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), celebraron el convenio de Financiación N° DCI-ALA/2007/019-098, a favor de la Defensoría del Pueblo, para la ejecución del Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía”, habiéndose delegado, a dicha institución, todas las facultades, responsabilidades y acciones necesarias y su fi cientes, para la implementación y ejecución técnica, fi nanciera y administrativa del proyecto, a través del acuerdo de delegación suscrito el 20 de agosto del 2010, entre la APCI y la Defensoría del Pueblo; Que en este contexto, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) y la Defensoría del Pueblo, con fecha 10 de agosto de 2011, han suscrito un Convenio de Cooperación Interinstitucional, cuyo objetivo consiste en establecer las facultades, responsabilidades y acciones necesarias para la implementación y ejecución técnica, administrativa y fi nanciera del proyecto, que permitan, a la Defensoría del Pueblo y al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, efectuar, de manera coordinada y articulada, las acciones que garanticen el cumplimiento del objetivo del Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía”; Que el último párrafo de la cláusula segunda del mencionado convenio señala: “Para efectos de la implementación del Proyecto, la Comunidad Europea ha asignado siete millones de euros a la Defensoría del Pueblo, que tiene a su cargo la responsabilidad de la implementación y ejecución técnica, fi nanciera y administrativa del proyecto conferida por el Acuerdo de Delegación suscrito el 20 de agosto de 2010 entre APCI y la Defensoría del Pueblo. De este total, cuatro millones quinientos mil euros corresponden a las actividades a desarrollar por la Defensoría del Pueblo y dos millones quinientos mil euros a las actividades del RENIEC, cuyo detalle se encuentra en el Anexo N° 8 del Presupuesto del Programa, Fase I (octubre 2010-octubre 2011)”. Que en mérito al referido convenio, ambas instituciones vienen ejecutando el Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía”, cuyo objetivo es contribuir a la inclusión social de la población más vulnerable del país (pobres y extremadamente pobres, población indígena, mujeres, niños, niñas y adolescentes, y personas con discapacidad, entre otros), habiendo priorizado su ámbito de intervención en nueve (9) departamentos que registran los mayores índices de pobreza y menor desarrollo (Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Puno y Ucayali); Que en el marco del referido convenio, se ha previsto la atención de 119,574 trámites de DNI, en la modalidad de inscripción, renovación y duplicado para la población residente en las zonas focalizadas; Que a través de los documentos del visto, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social ha formulado diversas recomendaciones, con la fi nalidad de facilitar la inscripción en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales a los bene fi ciarios del proyecto, con singular énfasis en las niñas, niños y adolescentes de 0 a 16 años; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través del documento del visto, señala que la gratuidad del trámite y emisión del DNI se fi nanciará con los recursos previstos para dicha fi nalidad, en el marco del Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía” y del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Defensoría del Pueblo y el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que siendo el RENIEC la entidad encargada de planear, dirigir y controlar las actividades de identi fi cación de las personas, resulta viable atender lo propuesto por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC (12JUL1995), el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM (25ABR1998), el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (13ENE2009); SE RESUELVE:Artículo Primero .- Establecer la gratuidad de los trámites de DNI, en la modalidad de inscripción por primera vez, para niños, niñas, adolescentes y personas mayores de edad, así como de renovación y duplicado para personas mayores de edad residentes en las localidades correspondientes a los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Puno y Ucayali, donde se ejecutará el Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía”. Artículo Segundo .- La gratuidad del trámite a que se hace referencia en el artículo precedente se aplicará únicamente a los trámites efectuados en campañas o desplazamientos. Artículo Tercero .- Admitir, de manera excepcional, para la atención de menores de 0 a 16 años de edad, como referente de la dirección domiciliaria, la información consignada en la fi cha registral que suscribirá el declarante o su representante, la misma que tiene carácter de declaración jurada, no requiriéndose la presentación de documentos adicionales para dicha acreditación. Artículo Cuarto .- Admitir, de manera excepcional, la declaración jurada de parentesco, para los trámites de emisión del DNI de los menores de 0 a 16 años de edad, cuyos declarantes sean sus familiares consanguíneos (ascendientes, hermanos mayores de edad o tíos), disponiéndose el uso de los formatos de Carta Poder Simple y Declaración Jurada de Parentesco, aprobados mediante Resolución Jefatural N° 701-2010/JNAC/RENIEC. Artículo Quinto .- Disponer, de manera excepcional, para la atención de los menores de 0 a 16 años de edad bene fi ciarios del Proyecto, la admisión de la copia simple del Acta de Nacimiento del titular (legible y completa), la cual contará con el visto bueno del Registrador del RENIEC, así como la presentación del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Artículo Sexto .- Autorizar a los registradores del RENIEC para que, de manera excepcional, durante las campañas de documentación para niñas, niños y adolescentes que se realicen en instituciones educativas en el marco del Proyecto, acepten que el profesor o director de la institución educativa suscriba el formulario de inscripción, en representación del padre o la madre del menor a ser atendido, previa presentación de una carta poder simple expresamente otorgada a su favor, la misma que se adjuntará al expediente de inscripción. Artículo Sétimo .- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución se fi nanciarán con los recursos previstos para dicha fi nalidad, en el marco del Proyecto “Inclusión Social: Identidad y Ciudadanía” y del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Defensoría del Pueblo y el RENIEC. Artículo Octavo .- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, con la colaboración de las Gerencias de Operaciones Registrales, Registro de Identi fi cación, Informática, y Registro Civiles, y el Centro de Altos Estudios Registrales, la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y, a la Gerencia de Imagen Institucional, la publicidad de la misma a la población en general, a través de los medios de comunicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 698151-3