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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (02/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de octubre de 2011 451057 su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por Ordenanza Nº 018-2011-MPC, se otorga el beneficio de regularización de deudas tributarias en la vía administrativa y coactiva, para el pago del impuesto predial, impuesto al patrimonio vehicular, arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, multas administrativas, multas tributarias, tasa de licencia de funcionamiento; estableciéndose, entre otros, el plazo de vigencia hasta el 30 de setiembre de 2011; Que, se ha dado a conocer que existe la necesidad de ampliar los alcances de la Ordenanza mencionada, cuyo sustento es en razón de que la situación económica de los contribuyentes es apremiante, encontrándose imposibilitados de asumir efi cazmente su deuda en el plazo establecido, refl ejándose esto en la poca recaudación habida, por lo que no se ha cumplido los objetivos trazados; Que, estando a los fundamentos expuestos en la sesión ordinaria de concejo de la fecha, el plazo concedido no es suficiente para que todos los deudores puedan acogerse a dichos beneficios, por lo que resulta pertinente prorrogar y/o ampliar los alcances de dicha disposición municipal, para permitir mayores facilidades a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Asesoría Jurídica, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Provincial de Cañete aprobó por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 018-2011-MPC Artículo Primero.- Ampliar hasta el 31 de octubre de 2011, los alcances de la Ordenanza Nº 018- 2011-MPC, que establece el régimen temporal de beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias, por los sustentos expuestos en la presente disposición. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Tributación Municipal, a través de las Subgerencias el cumplimiento de la presente disposición, a la Ofi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances, a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente y a las demás unidades orgánicas de la corporación municipal el cumplimiento del presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARIA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 697931-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE DANIEL ALCIDES CARRION Declaran en emergencia diversas zonas ubicadas en el Distrito Capital de la Provincia de Daniel Carrión RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0426-2011-MPDC-YHCA. Yanahuanca, 23 de setiembre del 2011 VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria Nº 021-2011, de fecha 21 de setiembre del 2011; El Informe Nº 077-2011-SG-SEG.CIU.Y DEF.CIVIL/ MPDC-YHCA, de fecha 21 de Setiembre del 2011, emitido por el Sub Gerente de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Daniel Carrión; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radica dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico conforme lo establece el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, en Acta de Sesión Ordinaria Nº 021-2011, de fecha 21 de Setiembre del 2011, el Sr. Alcalde Emp. Tomas ESPINOZA MORALES, fundamentó ampliamente sobre las zonas de peligro y que a lo posterior pudieran ocasionar daños materiales y humanos en la población de Yanahuanca, después de un amplio debate y habiendo tomado en consideración el Informe Nº 077-2011-SG- SEG.CIU.Y DEF.CIVIL/MPDC-YHCA, de fecha 21 de Setiembre del 2011, emitido por el Sub Gerente de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Daniel Carrión, consecuentemente, el magno concejo municipal aprobó de forma unánime; DECLARAR EN EMERGENCIA DE ALTO RIESGO LAS ZONAS DE HUALUSH ESQUINA CURO RAGRAN (UCHCUMACHAY) – CHIPIPATA, CRUZ PATA – ANGASH, JAMPI YACU – ANGASH, CURVA DE ROCCO HUAYLASJIRCA; Que, de conformidad con el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que “Los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, por estas consideraciones y estando a las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 3 y Artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARA EN EMERGENCIA, las Zonas de DE HUALUSH ESQUINA CURORRAGRAN (UCHCUMACHAY) – CHIPIPATA, CRUZ PATA – ANGASH, JAMPI YACU – ANGASH, CURVA DE ROCCO HUAYLASJIRCA, ubicado en el Distrito Capital de la Provincia de Daniel Carrión, Región Pasco, por encontrarse en peligro inminente para la población de Yanahuanca, por deslizamiento de huaycos de grandes proporciones que podría ocasionar daños materiales y vidas humanas. Artículo Segundo.- ELBORAR, el estudio técnico integrado de las zonas de alto riesgo desde la zona de Hualush Esquina Curorragrán (Uchcumachay) – Chipipata, Cruz Pata - Angash, Jampi Yacu – Angash, curva de Rocco Huaylasjirca. Artículo Tercero.- EXONERAR, la tramitación del expediente administrativo y de los Procesos de Selección y Adjudicación de la obra a ejecutarse de las zonas declaradas en emergencia mediante la presente. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las diferentes Gerencias para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívase. TOMÁS ESPINOZA MORALES Alcalde 697909-1