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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (05/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451145 de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Assiscard US$ 30.00 Pasajes Aéreos US$ 1, 090.22 Viáticos US$ 450.00 Gastos de Instalación US$ 200.00 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de Colombia, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ROBINSON O. GONZALES CAMPOS LUÍS ALBERTO VÁSQUEZ SILVA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 699041-2 Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal pertenecientes a los Distritos Judiciales de Arequipa, Ancash, Apurímac, Cajamarca y Lima Sur RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 243-2011-CE-PJ Lima, 27 de setiembre de 2011 VISTO: El Ofi cio N° 053-2010-P-CNDP-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a las acciones de prórroga, conversión y reubicación de órganos jurisdiccionales transitorios; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 099-2011-CE-PJ, se dispuso la prórroga, conversión y/o reubicación de los órganos jurisdiccionales transitorios a nivel nacional. Segundo: Que, de acuerdo a lo establecido por Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ, la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es de conducir el seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicho proceso. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen su funcionamiento. Tercero: Que, la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes de las Cortes Superiores de Justicia y realizado la evaluación de las propuestas en base a la información disponible en el Formulario Estadístico Electrónico, respecto de las Cortes Superiores de Justicia que no han remitido oportunamente sus propuestas en base a los lineamientos del Plan Nacional de Descarga Procesal contenidos en la Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ. De conformidad con el numeral 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse de licencia; por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, conforme se detalla a continuación: Hasta el 31 de octubre de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA: • Primer Juzgado de Familia Transitorio de Arequipa. Hasta el 31 de enero de 2012 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH: • Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaraz. DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC: • Juzgado de Familia Transitorio de Abancay. DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA: • Juzgado Civil Transitorio de Chota. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA SUR: • Primer Juzgado de Familia Transitorio de Villa María del Triunfo. • Primer Juzgado de Familia Transitorio de Villa El Salvador. • Primer Juzgado de Familia Transitorio de San Juan de Mirafl ores. • Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador. Artículo Segundo.- Los órganos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad de su plazo de funcionamiento por prórroga o reubicación, recibirán de los órganos permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado de modo que puedan liquidarlos en su totalidad, priorizando los más antiguos y/o de fácil resolución a fi n de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en benefi cio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. Artículo Tercero.- Las Comisiones Distritales de Descarga Procesal de las Cortes Superiores de Justicia que tienen órganos transitorios de descarga procesal a su cargo, deben inducir las acciones respectivas a fi n de hacer cumplir las metas de resolución de expedientes fi jadas por parte de los órganos permanentes y transitorios de cada jurisdicción. Como parte de esa labor, deben cumplir con actualizar mensualmente los datos requeridos en el Formulario Estadístico Electrónico dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes. En tal sentido, velarán por el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el marco del Plan Nacional de Descarga Procesal, así como de las disposiciones dadas por la Comisión Nacional de Descarga Procesal, dando cuenta de las medidas adoptadas para el alcance de tales fi nes, a fi n de determinar la continuidad de los órganos transitorios o disponer su reubicación a sedes de mayor congestión y oportunidad de descarga procesal efectiva. Coordinarán sobre el particular con la Comisión Nacional de Descarga Procesal y su Secretaría Técnica. Artículo Cuarto.- Las Cortes Superiores de Justicia gestionarán el accionar de los órganos transitorios como apoyo en la descarga procesal de los órganos permanentes cuya carga sea excesiva, induciendo el incremento de la capacidad resolutiva de los expedientes principales en