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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (15/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de octubre de 2011 451674 2. Ofi cial Subalterno 3º, Robert Gálvez 3. Técnico Supervisor 2º, Thome Winfi eld 4. Técnico de 2º, Murdock Massie 5. Ofi cial de Mar 3º, Johathan Schafer Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 704144-5 Modifican Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1033-2011-DE/SG Lima, 12 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29655, de fecha 23 de enero de 2011, se autorizó el ingreso de Unidades y Personal Militar Extranjero al territorio de la República, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011; Que, dentro del mencionado Programa se consideró la visita de un Equipo de Entrenamiento de Campo, para realizar un “Entrenamiento táctico de personal de la Fuerza de Operaciones Especiales (JCET)”, a partir del 5 de julio de 2011, por un periodo de 45 días; Que, mediante Ofi cio Nº 679/MAAG-ARSEC, el Grupo Consultivo de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, ha comunicado que por motivos de fuerza mayor, el Equipo de Entrenamiento de Campo, ha postergado su arribo a la ciudad de Lima; por tanto, la fecha de realización del mencionado ejercicio ha variado, sin exceder la cantidad de días autorizados por la Resolución Legislativa Nº 29655; Que, mediante Facsímil (DSD)Nº 615 de fecha 8 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha solicitado la autorización correspondiente que autorice el ingreso de personal militar estadounidense con las nuevas fechas a la inicialmente autorizada en la Resolución Legislativa Nº 29655, sin exceder la cantidad de dias autorizados; Que, el artículo 3º de la Resolución Legislativa Nº 29655 autorizó al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Defensa y por Resolución Ministerial, pueda modifi car, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades operacionales previstas en el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el total de días programados para su desarrollo, dando cuenta a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de expedida la citada resolución ministerial; Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley N° 27856, la Ley No. 28899 y Resolución Legislativa Nº 29655. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011, aprobado por Resolución Legislativa Nº 29655, en la parte pertinente a la fecha de inicio del Entrenamiento Táctico de Personal de la Fuerza de Operaciones Especiales ( JCET) , de acuerdo al siguiente detalle: Equipo de Entrenamiento de Campo (JCET) OBJETIVO Entrenamiento Táctico de Personal de la Fuerza de Operaciones Especiales (JCET) LUGAR Lima, Iquitos, Pichari, Tarapoto, Tingo María, Mazamari, San Lorenzo, Pucallpa, San Ramón. FECHA DE INICIO 11 de noviembre TIEMPO DE PERMANENCIA 45 días INSTITUCIÓN INVOLUCRADA MGP, FAP, EP, PNP PAÍS PARTICIPANTE Estados Unidos de América TIPO DE UNIDAD 1 Patrulla de entrenamiento de los EE.UU CANTIDAD DE PERSONAL 1 Ofi cial, 11 Subofi ciales TIPO Y CANTIDA DE ARMAS 1 fusil (m4) y una pistola 9 mm para cada efectivo. 1 sistema de francotirador SR25 1 ametralladora M240 2 sistemas de lanzagranadas Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo señalado en la Resolución Legislativa Nº 29315. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 704144-6 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Colombia, Chile y Paraguay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1055-2011-DE/SG Lima, 13 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 705 de fecha 12 de octubre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, personal militar de la República de Colombia, participará como investigador en Ciencias Marinas en el XIV Crucero Oceanográfi co a bordo del “BAP Carrasco”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856;