Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (15/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de octubre de 2011 451676 Designan miembros del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2011-EF Lima, 14 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 225- 2003-EF, 094-2009-EF, 080-2010-EF y 037-2011-2011-EF, se designaron a los señores Manuel Choy Vicente, Betty Armida Sotelo Bazán, Jorge Dámaso Mogrovejo González y Juan Manuel Echevarría Arellano como miembros del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Que, el artículo 1° de la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV por la de Superintendencia del Mercado de Valores - SMV; Que, el artículo 4° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, dispone que el Directorio de la SMV está compuesto por el Superintendente del Mercado de Valores, quien lo preside, y cuatro directores nombrados por el Poder Ejecutivo mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; uno a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, uno a propuesta del Banco Central de Reserva del Perú y uno a propuesta de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Además, integra el Directorio de la SMV un director independiente; Que, asimismo, la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores dispuso que los miembros del Directorio de CONASEV ejercen las funciones previstas para el Directorio de la SMV hasta la designación del nuevo Directorio; Que, mediante Resolución SMV N° 002-2011- EF/94.01.1 se aprobaron las normas para la designación del director independiente de la Superintendencia del Mercado de Valores la misma que en su Única Disposición Transitoria establece que para los fi nes de la designación del primer director independiente de la SMV el Ministerio de Economía y Finanzas eleva la propuesta a la Presidencia de la República sin que resulte necesaria la presentación de la terna de candidatos a que se refi ere el artículo 2° del dispositivo en mención; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 057-2011- EF se designó a la señora abogada Lilian del Carmen Rocca Carbajal como Superintendente del Mercado de Valores; Que, por lo expuesto resulta necesario designar a los miembros del Directorio de la SMV; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 26126, Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de los señores Manuel Choy Vicente, Betty Armida Sotelo Bazán, Jorge Dámaso Mogrovejo González y Juan Manuel Echevarría Arellano como miembros del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar como miembros del Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, a las siguientes personas: -Señor Carlos Augusto Ballón Ávalos, en representación del Banco Central de Reserva del Perú, -Señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, en representación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones- SBS, -Señor Juan Manuel Echevarría Arellano, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, y; -Señor Walter Albán Peralta, como Director Independiente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 704280-3 Designan representantes titular y alterna del Ministerio ante el Comité de Supervisión del Fondo Contravalor RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 731 -2011-EF/52 Lima, 14 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 112-2011-EF, se aprobó la operación de administración de deuda, bajo la modalidad de canje de deuda, para fi nanciar el Proyecto de Gestión Efectiva de Áreas Naturales Protegidas - SINANPE III; el Proyecto de Fortalecimiento de la Conservación de la Biodiversidad a través del Programa Nacional de Áreas Naturales Protegidas - PRONANP; y el Proyecto para la Conservación de las Áreas Protegidas Marinas y Costeras del Perú, con énfasis en la Reserva Nacional del Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras - Tercera Fase del Programa Protección de Áreas Naturales - PAN III, hasta por un monto ascendente a EUR 7 998 907,01 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SIETE Y 01/100 EUROS), correspondiente a una parte de las obligaciones que el Gobierno Peruano mantiene pendientes de pago al Gobierno de Alemania; Que, el Artículo 2º del citado decreto supremo dispone la constitución de un fondo contravalor con los recursos provenientes de la aludida operación de administración de deuda, a ser administrado por el Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú - PROFONANPE, en los términos y condiciones a ser acordados con el Gobierno de Alemania; Que, con fecha 30 de junio de 2011, los Gobiernos de Perú y Alemania suscribieron el Contrato de Canje de Deuda, cuyo numeral IV del Anexo 2, Resumen del documento denominado “Fondo Contravalor para el Apoyo al Fortalecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas”, establece que para el seguimiento y supervisión del citado Fondo Contravalor se contará con un Comité de Supervisión conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, se deberá nombrar un representante alterno para que en casos de impedimento del representante titular, ejerza el cargo con sus mismas atribuciones ante el Comité de Supervisión; Que, teniendo en cuenta las competencias de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas en materia de evaluación de proyectos, se considera conveniente designar como representante de este Ministerio ante el aludido Comité de Supervisión a un funcionario que pertenezca a dicha Dependencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el