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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (18/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de octubre de 2011 451831 Que, mediante Ordenanza N° 205-2010-A/MDC de fecha 03 de Setiembre del 2,010 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo se aprobó el otorgamiento del benefi cio de reducción del pago por concepto de la Autoliquidación para la obtención de la Licencia de Edifi cación dentro de la Modalidad C, en edifi caciones para mercados, de 1.5% a 0.5% de valor de la obra, como pago de derechos contenidos en la Ley N° 29090 y su Modifi catoria benefi cios de reducción de pago por concepto de la autoliquidación dentro del Procedimiento. Que, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población de nuestro distrito, resulta necesario atender las solicitudes de las agrupaciones autogestionarías promovidas por los pobladores de nuestro distrito, que carecen de recursos económicos necesarios para sufragar los costos por concepto de Autoliquidación, correspondientes a obtener su Licencia de Edifi caciones para edifi caciones de Mercados, por lo que debe considerarse como parte de la política de promoción de la inversión, otorgar nuevamente este benefi cio en los mismos términos que tuvo la Ordenanza N° 205-2010-A/MDC; Que, siendo que ha sido acogido con beneplácito por la población de nuestro distrito el benefi cio otorgado en la Ordenanza N° 205-2010-A/MDC; estando a los Informes favorables de las Gerencias y Subgerencias respectivas; que con el propósito de seguir otorgando dicho benefi cio, es necesario incorporar la reducción por concepto de pago por Autoliquidación dentro del procedimiento a obtener la respectiva Licencia de Edifi cación dentro de la Modalidad C, correspondiente a uno de los requisitos del mismo, de conformidad con la Ley N° 29476 que modifi ca la Ley N° 29090; De conformidad con las atribuciones conferidas en los numerales 8 y 9 del Artículo 9° y a lo dispuesto en los Artículos 39°, 40° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por “UNANIMIDAD” la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS DE REDUCCION DE PAGO POR CONCEPTO DE LA AUTOLIQUIDACION DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION Artículo Primero.- APROBAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 el otorgamiento de benefi cio de reducción del pago por concepto de la Autoliquidación para la obtención de la Licencia de Edifi cación dentro de la Modalidad C, en Edifi caciones para Mercados, de 1.5% a 0.5% de valor de la obra, como pago de derechos contenidos en la Ley N° 29090 y su Modifi catoria. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita los Decretos de Alcaldía que resulten necesarios para implementar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano-Rural a través de la Subgerencia de Obras Privadas y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la ejecución y difusión, respectivamente de la presente Ordenanza y a Secretaría General, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CLAUDIO IVÁN ZEGARRA ARELLANO Alcalde (e) 704475-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban el “Programa de segregación en fuente de residuos sólidos domiciliarios en el distrito de Los Olivos” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2011-MDLO/ALC Los Olivos, 27 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 154-2011/MDLO/GSC de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Informe Nº 1089-2011 MDLO/GSC de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 1083-2011/MDLO/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 4813-2011 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Resolución de Alcaldía Nº 330-2011, de fecha 16 de marzo de 2011 se resuelve designar al funcionario Sr. Jorge Rojas Caramutti – Gerente de Rentas y a la Funcionaria Sra. Teresa Milagros Flores Ruiz – Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto como Coordinadores Responsables del Programa de Modernización Municipal; Que, el Art. 36º numeral 3 y Artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, y que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar Decreto de Alcaldía en el caso de los gobiernos locales; Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General en sus artículos 40 numeral 1 y 44º numeral indica que las entidades están prohibidas de solicitar para el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento, información o la documentación que la contenga. Del mismo modo no procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a fi nanciar directamente las actividades de la entidad; Que, el Artículo 44º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 208-CDLO, de fecha 30 de junio de 2005 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de octubre de 2005, ratifi cado conforme al Acuerdo de Concejo Nº 331 de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 27 de octubre de 2005, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2005; Que, con Informe Nº 154-2011/MDLO/GSC la Gerencia de Servicios a la Ciudad remite el “Programa de Segregación en Fuente de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Los Olivos”, considerando que es un instrumento de gestión necesario, conforme a los argumentos que expone; Que, a mérito de ello la Ofi cina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 1083-2011/MDLO/OAJ expresa que el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal del año fi scal 2011 señala en su numeral 6.3 que para el año fi scal 2011 las municipalidades deben cumplir las metas que se detallan en el Anexo Nº 02 “Metas del año fi scal 2011” del mismo cuerpo, conforme detalla; Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314 establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, mediante Ordenanza Nº 295-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha creado el “Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos” estableciendo las disposiciones que rigen los aspectos técnicos y administrativos del Sistema; determinando las