Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2011 (18/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 18 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451835

X. PRESUPUESTO
X. PRESUPUESTO PARA EL PROGRAMA DE SEGREGACION EN FUENTE Nº Descripcion Und. Cant. Meses P.U P.T

1 Sensibilizacion

1.1 Fotocopia 1.2 Impresion 1.3 Chalecos 1.4 Lapiceros 1.5 Tableros 1.6 Gorros 1.7 Papel MORDAZA A4 1.8 Camara Fotografica 1.9 Laptop 1.10 Equipo Multimedia + Ecran 1.11 Toner HP - 1022 1.12 Practicante de Operaciones 1.13 Coordinador del Programa

Servicio

1

3000 400 30 25 8 8 25 500 3000 3500 280 7 7 1428 6800

3000.00 4000.00 540.00 75.00 144.00 144.00 100.00 500.00 3000.00 3500.00 1120.00 21420.00 6800.00 44,343.00

Servicio 10 Unidad MORDAZA Unidad Unidad Millar Unidad Unidad Unidad Unidad Global Global 18 3 18 18 4 1 1 1 4 15 1

- El tema de difusion y capacitacion a los vecinos de la MORDAZA donde se realizara el programa debe ser un factor importante y MORDAZA para el exito del Programa. Detalles como que MORDAZA de plasticos, vidrios, metales y papeles son los comerciables deben ser difundidos, ademas de realizar campanas de motivacion al vecino, deben hacerse reconocimientos publicos a los vecinos de la MORDAZA que mas segregan o reconocimiento personal a la familia que mejor clasifique sus residuos. - De considerar una ampliacion de mas zonas para el Programa se debe priorizar las zonas urbanizadas y de mayor poder economico en donde el volumen del material reciclable es considerable. - El Programa continuara siendo difundido en la pagina web del distrito, que tipos de residuos se deben colocar en las bolsas y que las mismas deben ser entregadas unicamente a los operarios y/o personal de la municipalidad debidamente identificados y uniformados. 704404-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Modifican Ordenanza Nº 168-MPL mediante la cual se MORDAZA la instalacion de elementos de seguridad en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 372-MPL

Subtotal Sensibilizacion

2 Operacion (Recojo y Segregacion) Recojo 2.1 Mamelucos 2.2 Bolsas 140L (verdes) 2.3 Bolsas medianas (chekera) 2.4 Moto contenedor 2.5 Remolcador 2.6 Mascarillas 2.7 Guantes 2.8 Calzado 2.9 Lentes de Seguridad 2.10 Gorro 2.11 Triciclo adecuado para recojo de rrss 2.12 Leche Fresca 2.13 Personal Obrero (Recojo y Segregacion) Unidad Millar Millar Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad L Global 16 84 155 5 1 18 18 12 18 10 5 3024 8 6 40 400 80 7000 25000 4 12 120 18 8 2500 2.4 6000 640 33600 12400 35000 25000 72 216 1440 324 80 12500 7257.6 48000 176,529.60

Pueblo Libre, 14 de octubre de 2011 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 22 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 008-2011-MPL/CPL-CPDDA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 168-MPL se MORDAZA la instalacion de elementos de seguridad en el distrito de Pueblo Libre, siendo que el articulo 4º de la citada Ordenanza establece que quien autoriza la colocacion de estos elementos de seguridad es la Gerencia Municipal; Que, el numeral 74.2 del articulo 74º de la Ley Nº 27444 establece que: "Los organos de direccion de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecucion, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalizacion de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervision, coordinacion, control interno de su nivel y en la evaluacion de resultados."; Que, en este orden de ideas es necesario modificar el articulo 4º de la Ordenanza Nº 168-MPL, delegando esta facultad a un organo de linea cuyas funciones MORDAZA mas afines al objeto de este procedimiento administrativo; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972,

Subtotal Operacion

XI. RECOMENDACIONES - Otro factor importante de resaltar sera la participacion de los vecinos, ellos estan avidos de participar en un programa como este, sin embargo se tiene que mejorar la parte educativa en torno a que tipos de residuos se deben segregar dado que no todo lo que parece tiene valor en el MORDAZA de residuos. - En el MORDAZA de la recoleccion de las bolsas, se tendra que volver a sensibilizar a los vecinos, porque habra casos en que no siempre el capacitado comunicara a sus demas familiares y de esta manera terminaran por combinar toda clase de residuos no aprovechables en las bolsas o finalmente no conoceran el Programa pese a que se les dejara la bolsa.

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