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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (23/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de octubre de 2011 452118 Aprueban modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 002-2009-CE-DREMJ DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 249-2011-GRJUNIN/DREM Huancayo, 20 de octubre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 2806-2011, organizado por Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Electrónica N° 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, sobre modifi cación de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizó la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59 de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056-2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorización para la Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Defi nitivas para Generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva Región; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 139- 2009-GRJUNIN/DREM, del 29 de setiembre de 2009, se otorgó concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Huasahuasi II, con una potencia instalada de 7000 kW, ubicada en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín, aprobándose el Contrato de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 002-2009-CE-DREMJ, a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C.; Que, con fecha 24 de abril de 2010, fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Directoral Nº 085-2010-GRJUNIN/DREM, a través del cual se transfi rió la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huasahuasi II a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., quien asumió los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 002-2009-CE-DREM, en razón de la Cesión de Posición Contractual celebrada con la titular originaria de la concesión; Que, por medio de la Resolución Directoral Nº 095- 2010-GRJUNIN/DREM publicada en el diario ofi cial El Peruano el 08 de mayo de 2010, se dispuso aprobar la modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 002-2009-CE-DREMJ, en el aspecto relativo al numeral 1.3 de su Cláusula Primera, referente al nuevo presupuesto aprobado de la Central Hidroeléctrica Huasahuasi II, Que, mediante el documento presentado el 22 de setiembre de 2011, ingresado bajo el Registro Nº 2806- 2011, Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., presentó su solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables 002-2009-CE-DREMJ, señalando que se llevaría a cabo variaciones en el diseño, características técnicas y presupuesto de su proyecto a fi n de obtener la optimización del mismo, incrementando la Potencia Instalada total de 7 Mw a 9.99 Mw, sin modifi car el Cronograma de Ejecución de Obras; Que, la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, ha emitido los Informes N° 074-2011-DREM- JUNÍN/DTE/IAT, e Informe N° 374-2011-DREM-JUNÍN/ OAL; Que, en ese sentido, resulta procedente modificar el numeral 1.3 de la Cláusula Primera del Contrato, a fi n de incluir la nueva información técnica y económica, presupuesto de la Central Hidroeléctrica Huasahuasi II, a través de una minuta de modifi cación de contrato, el cual deberá ser elevado a escritura pública en la que se incorporará el texto de la presente Resolución Directoral, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 056-2009-EM, Decreto Legislativo N° 1002 y con la opinión favorable de los profesionales del Área Técnica y Legal de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Junín; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 002-2009-CE-DREMJ, en los aspectos relativos al numeral 1.3 de su Cláusula Primera, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Remitir al Presidente del Gobierno Regional de Junín la presente Resolución Directoral, para que, suscriba la Minuta de Modifi cación al Contrato de Concesión Defi nitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 002-2009-CE-DREMJ, aprobado en el Artículo precedente, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá ser incorporado en la Escritura Pública que se origine en virtud de la Minuta a la que se refi ere el artículo precedente. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 53 º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la presente Resolución Directoral será notifi cada a Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme lo dispone el artículo 54º de la norma reglamentaria antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMÍN P. DE LA CRUZ PALOMINO Director Regional de Energía y Minas 706771-1