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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de octubre de 2011 452574 Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el literal a) del artículo 15º establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 60º en su inciso h) establece como función de los Gobiernos Regionales el formular y ejecutar políticas y acciones para que la asistencia social se torne productiva para la Región, con protección y apoyo a los niños, jóvenes y adolescentes; Que, el estado Peruano asumió durante la última década una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud y educación para la primera infancia y mejorar su calidad de atención. Entre tales responsabilidades fi guran el Acuerdo Nacional, el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia, el Proyecto Nacional de Educación, y recientemente el Pacto Social por la Primera Infancia; Que, la atención de la primera infancia es una política de Estado que compromete a todas las instituciones públicas de nuestra región, con participación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efectivizar resultados inmediatos y generar políticas reales en la región; garantizando la protección, defensa y promoción de los derechos de los niños y niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 143-2008/ GRRP-CR del 14 de marzo de 2008, se creó el Consejo Regional de Coordinación y Concertación de Lucha contra la Pobreza y Desnutrición Infantil – CRECER PIURA CON EQUIDAD; a pesar de ello hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, identidad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes. En ese contexto es que se propone, sobre la base de la institucionalidad de la Estrategia Crecer, la creación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, como un ente intergubernamental e intersectorial que tiene por fi nalidad el impulsar la atención integral de la primera infancia, así como la articulación y coordinación de los servicios públicos locales; Que, mediante Memorando Nº 2344-2011/GRP- 430000 del 27 de setiembre de 2011, Gerencia Regional de Desarrollo Social remite la propuesta de Creación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, con el respectivo Informe Técnico sustentatorio del Proyecto; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 23 - 2011, de fecha 14 de octubre del 2011, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA Artículo Primero.- Créase el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que gestiona de manera concertada y articulada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la Región Piura, cuya fi nalidad es garantizar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral Artículo Segundo.- El Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia tiene por Objetivo General, impulsar y fortalecer la articulación y concertación entre el Gobierno Regional, Gobiernos Locales y Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de niñas y niños de la Primera Infancia de la Región Piura, y; como Objetivos Específi cos: a) Promover la articulación intergubernamental a nivel local, regional y nacional, para el logro de los resultados en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia, con una activa participación de la sociedad civil, el sector privado y organismos cooperantes; b) Fortalecer la articulación de las instancias de gestión descentralizada de Salud, Educación, Agricultura, entre otros, desde el nivel regional hasta el nivel comunal, mejorando sus procesos de gestión para el logro de los resultados en la mejora de calidad de vida de la Primera Infancia; c) Afi anzar las capacidades de gestión institucional de los gestores de los servicios públicos de la Primera Infancia, incorporando el enfoque de resultados en la mejora de la calidad y cobertura de éstos; d) Fortalecer la concertación interinstitucional entre los gestores de los servicios públicos, los actores de la sociedad civil y el sector privado, que coadyuven al logro de resultados en la mejora de calidad de la Primera Infancia; e) Promover y fortalecer la participación organizada y activa de la sociedad civil en la gestión y conducción de los servicios públicos, vigilando e incidiendo en la mejora de la calidad de éstos Artículo Tercero.- El Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia está bajo la rectoría de la Autoridad Regional de la Primera Infancia, como órgano del Gobierno Regional encargado de la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas regionales de atención integral de Primera Infancia de acuerdo a su Reglamento. Está organizada de la siguiente manera: - Consejo Directivo, es la máxima instancia deliberativa, normativa y de coordinación de acciones del Sistema. Estará integrado por el Presidente del Gobierno Regional, el Vicepresidente, Gerente General Regional, Gerente Regional de Desarrollo Social, Gerente Regional de Desarrollo Económico, Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Lo preside el Presidente del Gobierno Regional Piura. - Dirección Ejecutiva, es el órgano técnico ejecutivo, adscrito a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que se encargará de conducir la planifi cación, organización, funcionamiento, seguimiento, evaluación y fortalecimiento del Sistema, sus funciones y atribuciones y su conformación técnico-especializada. Asimismo, realizará las funciones de Secretaría Técnica a efectos de organizar las sesiones e implementar las políticas que el Consejo Directivo señale, y presentará informes semestrales y anuales ante el Consejo Regional. Artículo Cuarto.- El Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia está conformado por las siguientes Instancias: • Comité Regional de la Primera Infancia, concerta la formulación e implementación de las políticas regionales de primera infancia, generando las condiciones y compromisos interinstitucionales e intergubernamentales favorables. Está conformado por Gobierno Regional Piura: Gerencias Regionales y Direcciones Regionales Sectoriales; Gobierno Nacional: Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, Ofi cina Descentralizada del Seguro Integral de Salud – ODSIS, Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización - PRONAMA, Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural - PRONASAR, Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, y otros Programas Nacionales vinculados a la materia.