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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (11/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de setiembre de 2011 449805 - En el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para el Área de Tratamiento Normativo IV del distrito de Santa María del Mar; DICE: (...) Artículo 13º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 12º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 14º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 13º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 15º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 14º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 16º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 15º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 17º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 16º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 18º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 17º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 19º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 18º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 20º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 19º.- (...) (...) DICE: (...) Artículo 21º.- (...) (...) DEBE DECIR: (...) Artículo 20º.- (...) (...) 688322-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ratifican el D.A. Nº 028-2011-ALC/ MVES, que prorrogó plazo de aplicación de beneficio establecido mediante Ordenanza Nº 235-MVES ACUERDO DE CONCEJO Nº 30-2011-C/MVES Villa El Salvador, 16 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Decreto de Alcaldía Nº 028-2011-ALC/ MVES; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 028-2011- ALC/MVES, se prorrogó el plazo de aplicación del beneficio excepcional y único de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, establecido en la Ordenanza Nº 235-MVES; Que, luego del debate y deliberación correspondiente, el Concejo Municipal, acordó ratifi car en todos sus alcances el Decreto de Alcaldía Nº028-2011-ALC/MVES, con el propósito de continuar brindando un benefi cio excepcional a la población, a fi n de brindar mayores facilidades para que puedan regularizar sus obligaciones tributarias con esta Corporación Edil; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Artículo 1º.- Ratifi car en todos sus extremos, el Decreto de Alcaldía Nº028-2011-ALC/MVES, que prorrogó el plazo de aplicación del benefi cio excepcional y único señalado en la Ordenanza Nº 235-MVES, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SANTIAGO MOZO QUISPE Alcalde 688954-2