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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (11/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de setiembre de 2011 449804 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Se otorga a todos los establecimientos comprendidos en la presente Ordenanza, el plazo de 30 días calendarios para adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 28705, la Ley Nº 29517, sus Reglamentos y a la presente Ordenanza; plazo que se empezará a computar desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo, Subgerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Desarrollo Social, y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias, previendo para ello su adecuada difusión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 688335-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Regulan el pago de deudas tributarias mediante servicios ORDENANZA Nº 158-2011-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 8 de setiembre del 2011; ha dado la siguiente y; VISTO: el Informe Nº 015-2011-OAT/MSMM de fecha 5 de setiembre del año en curso del Jefe de la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, sobre la Propuesta que regula el pago de Deuda Tributaria por Servicios, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por el artículo Único de la Ley Nº 28607 – Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley Nº 27783 – Ley de bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con los artículos VI y X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo económico local con incidencia en la micro y pequeña empresa; asimismo, el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, de el artículo 79º numeral 03, apartado 3.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que una de las funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales es normar, regular y otorgar licencias de funcionamiento; asimismo el artículo 83º de la acotada ley prescribe como una función específi ca de la Municipalidad Distrital, el regular las normas sobre distribución y comercialización de bebidas, alimentos, así como del comercio ambulatorio; Que, mediante el Informe Nº 015-2011-OAT/MSMM de fecha 5 de setiembre del año en curso, el jefe de la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización señala que, el D.S. Nº 135-99-EF que aprueba el Código Tributario establece en su Norma IV que las Municipalidades son competentes para crear, modifi car y exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Asimismo en la misma norma en su artículo 32 modifi cado mediante D.L. Nº 969 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de diciembre del año 2006 señala en su inciso d) como una de las formas tributarias a “otros medios que la Administración Tributaria aprueba” precisando en su penúltimo párrafo que los Gobiernos Locales mediante ordenanza municipal podrán disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realicen en especie los mismos que serán valuados según el valor del mercado; Que, la Municipalidad de Santa María del Mar mediante Ordenanza Nº 089 de fecha 20 de junio del año 2007 aprobó el pago de Deuda Tributaria mediante la prestación de servicios en la que establece que de manera excepcional y cuando el monto de la deuda tributaria exceda de un décimo de la Unidad Impositiva Tributaria (10%) se puede aceptar el pago de la misma mediante la prestación de servicios personales en las áreas de limpieza pública, parques y jardines y labores administrativas; Que, es necesario incorporar a la comunidad en los Objetivos planteados dentro del Plan Estratégico Institucional, fomentando su participación en la mejora del espacio público, así como generar opciones de pago que ayuden a formar la conciencia tributaria; Que, la norma señalada anteriormente no reglamenta el procedimiento, por lo que es necesario establecer los criterios para la determinación de los benefi ciarios del canje de deuda tributaria por servicio, así como el valor que se le va a otorgar a ellos; Que, el Art. 50º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad establece que es función de la Ofi cina de Administración Tributaria el proponer estrategias, programas y actividades de generación y captación de rentas tributarias; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 8 de setiembre del año en curso, el concejo en pleno aprobó la Propuesta de Ordenanza que Regula el pago de deudas tributarias mediante servicios en el distrito de Santa María del Mar; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que regula el Pago de Deudas Tributarias mediante Servicios del Distrito de Santa María del Mar, la cual consta de 3 capítulos, 11 artículos y 2 Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- DERÓGUESE todas las Ordenanzas y normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Jefe de la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza y a través de la Unidad de Informatica la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en el Portal Institucional: www.stamariadelmar.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 688321-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 155-2011-MSMM Mediante Ofi cio Nº 025-2011-SG-MSMM, la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 155- 2011-MSMM, publicada en nuestra edición del día 7 de setiembre de 2011. - En la parte resolutiva; DICE: (...) Artículo Primero.- (...) que consta de (...) y 21 artículos (...). DEBE DECIR: (...) Artículo Primero.- (...) que consta de (...) y 20 artículos (...).