Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2012 (05/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LINCE
Precisan el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 07-2012-ALC-MDL
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2012-ALC-MDL Lince, 2 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Memorandum Nº 783-2012-MDL-OPP de fecha 27 de marzo del 2012, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de Marzo del 2012, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Alcaldia N° 07-2012ALC-MDL cuyo Articulo MORDAZA decreto ajustar los objetivos estrategicos del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Local Concertado 2011 - 2021, aprobado por el Acuerdo de Concejo Nº 78-2011-MDL de fecha 15 de Noviembre del 2011; Que. mediante documento de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto precisa que el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - "Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados", aprobado por Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, en su Anexo Nº 09 "Guia de Orientacion para el ajuste del Plan de Desarrollo Concertado", senala que "(...) En el caso que las autoridades regionales o locales y los agentes participantes, consideren necesario su actualizacion (entiendase del Plan de Desarrollo Concertado) por ocurrencias especiales, este debe realizarse con el apoyo del Equipo Tecnico, durante el MORDAZA de Presupuesto Participativo para lo cual se recomienda desarrollar los siguientes pasos: Paso 1: Diagnostico Tematico y Territorial (...), Paso Nº 2 Revision de la Vision del Desarrollo (...), Paso 3: Definicion de Objetivos Estrategicos (...), Paso 4: Acuerdos y Compromisos del Plan de Desarrollo Concertado (...) "; Que, mediante documento de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a merito de la normatividad invocada precedentemente, indica que es necesario precisar de manera expresa los pasos a seguir para ajustar del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Local Concertado 2011 - 2021, a fin de evitar posibles confusiones y/o interpretaciones en el desarrollo del Presupuesto Participativo correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulos 20º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRECISAR el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 07-2012-ALC-MDL en los siguientes terminos: "Articulo Segundo.- AJUSTAR, en caso de considerarlo necesario, el Diagnostico Tematico y Territorial, la Vision del Desarrollo, los Objetivos Estrategicos, y Acuerdos y Compromisos del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Local Concertado 2011 - 2021, aprobado por el Acuerdo de Concejo Nº 78-2011-MDL de fecha 15 de Noviembre del 2011, considerando las necesidades de la comunidad, y en concordancia con los planes del Gobierno Nacional y de MORDAZA Metropolitana". Articulo Segundo.- MANTENGASE vigente en sus demas extremos los terminos del Decreto de Alcaldia Nº 07-2012-ALC-MDL de fecha 20 de Marzo del 2012. Articulo Tercero.- PONGASE en conocimiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Imagen Institucional, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y la Gerencia de Desarrollo Social, los terminos del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 772610-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Restringen ingreso de vehiculos motorizados que transporten materiales de construccion a obras que no tengan autorizacion municipal
ORDENANZA Nº 004-2012-MDPN Punta Negra, 27 de marzo del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Dictamen Nº 001-2012/CALDOyDC/MDPN de fecha 23 de marzo del 2012 presentado por la Comision de Asuntos Legales, Desarrollo, Obras y Defensa Civil sobre restriccion de ingreso de materiales de construccion al distrito de Punta Negra. CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru y Ley Organica de Municipalidades 27972 los gobiernos locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los MORDAZA de su competencia; representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, el Dictamen de vistos, regula la restriccion del ingreso de vehiculos motorizados y/o cualquier modalidad que transporten material de construccion al distrito, que no acrediten tener autorizacion y/o licencia municipal de construccion para cualquier MORDAZA de obras. Que, segun lo dispuesto por el Art. 46 y 49 de la Ley 27972, regula que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales a que hubiere lugar. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos. Para el cumplimiento de las sanciones, la policia nacional prestara su apoyo, bajo responsabilidad, como ordenar el retiro de materiales o la demolicion de obras e instalaciones que ocupen la via publica o mandar efectuar la orden por cuenta del ejecutor coactivo, cuando corresponda. Que la Ley 29090 y sus modificatorias, aprueban los procedimientos para expedir licencias de construccion, la cual es de aplicacion obligatoria dentro del distrito. Que, la presente, promueve la construccion de obras formales y MORDAZA la informalidad de la construccion de obras clandestinas, invasiones de terrenos baldios, predios abandonados carentes de cerco o vivencia en el Distrito de Punta Negra. En uso de las facultades conferidas Ley Organica de Municipalidades y otras normas legales complementarias, informe tecnico de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, informe legal y contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, y dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se expide la presente; ORDENANZA DE RESTRICCION AL DISTRITO DE PUNTA NEGRA DE VEHICULOS MOTORIZADOS QUE TRANSPORTEN MATERIALES DE CONSTRUCCION A OBRAS QUE NO TENGAN AUTORIZACION MUNICIPAL TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza es de aplicacion en todo el Distrito de Punta Negra y es de cumplimiento obligatorio

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