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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464041 de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de empleo del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, a que se refi ere la Ley Nº 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2004-TR. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del SERNANP, así como en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado 775563-1 Designan responsable suplente de entregar información del SERNANP y a los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas como responsables de brindar información que posean para solicitudes presentadas en sus sedes administrativas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 75-2012-SERNANP Lima, 11 de abril de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 161-2012-SERNANP-SG, del 03 de abril del 2012, del Secretario General del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene la fi nalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5° del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 5° y 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establecen, respectivamente, que las entidades públicas deben identifi car a los funcionarios responsables de la elaboración de los portales de Internet y de brindar información solicitada en virtud de la citada Ley; Que, a través del artículo 1° de la Resolución Presidencial N° 011-2012-SERNANP del 11 de enero del 2012, se designa a Carmen Jeannelle Guerrero Azañedo como responsable suplente de brindar la información de acceso público solicitada por los ciudadanos, en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; Que, mediante el documento del visto, el Secretario General (e) designa a Mariano Benito Valverde Romero, especialista de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, como responsable suplente para entregar la información de acceso público a los ciudadanos, en reemplazo de la profesional citada en el considerando que antecede, quien ya no presta servicios a la entidad, por lo que solicita la emisión de una nueva Resolución Presidencial para formalizar dicho acto; Que, por otro lado, se encuentra previsto en el primer párrafo del artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, que las entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la citada Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad, Que, asimismo, se encuentra establecido en el segundo párrafo del precitado artículo que, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente la entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, en concordancia con ello, a través del literal m) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM, se prevé la posibilidad que la Presidencia del Consejo Directivo del SERNANP encargue otras funciones a las Jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas; Que, en virtud a lo señalado en los considerandos que anteceden, y en tanto las Jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas son los órganos desconcentrados del SERNANP, resulta necesario designar a los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas, como responsables de brindar la información de acceso público que posean, cuando los ciudadanos presenten su solicitud directamente en las sedes administrativas; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso e) del artículo 11°, y el inciso m) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008- MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la designación de Carmen Jeannelle Guerrero Azañedo como responsable suplente de brindar la información de acceso público solicitada por los ciudadanos, efectuada a través del artículo 1° de la Resolución Presidencial N° 011-2012-SERNANP del 11 de enero del 2012. Artículo 2º.- Designar a Mariano Benito Valverde Romero como responsable suplente de brindar la información de acceso público solicitada por los ciudadanos, en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública y su Reglamento. Artículo 3º.- Mantener subsistentes las demás disposiciones de la Resolución Presidencial N° 011-2012- SERNANP del 11 de enero del 2012. Artículo 4º.- Designar a los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, como responsables de brindar la información de acceso público que posean, cuando los ciudadanos presenten sus solicitudes directamente en las sedes administrativas. Para tales efectos deberán observar el procedimiento y los plazos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 5°.- Precisar que en el supuesto señalado en el artículo anterior, los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas, deberán informar a la Secretaría General del SERNANP sobre las solicitudes de acceso a la información pública atendidas, en un plazo no mayor de diez (10) días útiles, contados desde la fecha de recepción de las mismas. Artículo 6°.- La presente Resolución Presidencial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en el portal web institucional: www.sernanp.gob.pe, y en las sedes administrativas de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado 775848-1