TEXTO PAGINA: 64
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464606 Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 778534-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANURA Declaran en situación de emergencia el distrito de Maranura y en emergencia focalizada la Cuenca del río Vilcanota ACUERDO DE CONCEJO Nº 18-2012-CM-A-MDM/LC Maranura, 21 de Febrero del 2012 VISTO: El Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 20 de Febrero del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Art. 128° del D.S. N° 184- 2008-EF, establece que “la situación de emergencia como consecuencia de desastres naturales y que supongan grave peligro en una localidad o región..; Que, conforme lo dispone la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29813 “Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, para el año Fiscal 2012”, estipula que (…). Las intervenciones de prevención, mejoramiento, mantenimiento y reconstrucción de infraestructura pública, por ocurrencia de desastres, se fi nancia con recursos del presupuesto institucional de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno; Que, mediante Informe Técnico N° 001-2012-SQC/ STDC/MDM, el Ing. Santos Quispe Ccarita – Secretario Técnico de la Ofi cina de Defensa Civil, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Febrero del año en curso, expuso indicando que la Ofi cina de Defensa Civil del Distrito de Maranura, viene realizando la evaluación técnica y Estimación de los riesgos de la Cuenca del río Vilcanota y otras zonales de la jurisdicción del Distrito de Maranura, exhortando que debido a estas últimas precipitaciones pluviales el caudal del río se aumento de manera considerable, saliendo de su cauce tanto en la margen derecha e izquierda afectando en gran magnitud viviendas, terrenos agrícolas, infraestructuras construidas como: Viales, Salud, Educación, Saneamientos entre otros; así mismo señala que en su paso el río Vilcanota viene afectando desde el Centro Poblado de Santa María, Chaullay, Derrumbe, Moyomonte, Uchumayo, Pintobamba, Beatriz, Collpani Chico, Manahuñunca, Mandor, Balsapampa, Mariaca, comprensión del Distrito de Maranura, sugiriendo que se intervenga de manera urgente con trabajos de encausamiento y descolmatación por emergencia. La fi nalidad es proteger a las familias y de esa manera evitar daños de gran magnitud que podría ocasionar el río. Así mismo señala que de acuerdo a estas últimas evaluaciones realizadas en las diferentes zonales del Distrito de Maranura el aumento de las precipitaciones pluviales está causando la crecida de riachuelos y desbordes de ríos en su cauce, afectando a la fecha viviendas, terrenos agrícolas, puentes peatonales, sistemas de agua, trochas carrozables que se encuentran actualmente ininterrumpidas y colapsadas, por lo que dichos daños de infraestructura necesitan ser rehabilitados de manera urgente señala, sugiriendo la intervención de manera urgente de las Autoridades locales y la población en su conjunto, así mismo se realice el mantenimiento y reparación con suma urgencia de las maquinarias y equipos de propiedad de la Municipalidad, para garantizar la operatividad, adquirir combustible, lubricantes, alquilar maquinarias para cumplir con trabajos en varios tramos, adquirir materiales para trabajos de encuazamiento y atención de desastres ocasionados en varios sectores, adecuar un almacén para la Ofi cina de Defensa Civil Distrital, para la atención e intervención inmediata de posibles desastres que se pueda presentar, ya que el Distrito se encuentra en una zona muy vulnerable; en conclusión recomienda contar con la logística necesaria y se Declare en Emergencia el Distrito de Maranura, por un período de Sesenta (60) días calendario, para ejecutar los trabajos…; Que, mediante Informe Legal N° 33-2012, el Asesor Legal Opina que teniendo en cuenta los antecedentes se debe declarar en Situación de Emergencia del Distrito de Maranura, por el lapso de Sesenta días previa Sesión de Concejo. Así mismo indica que se solicite la intervención de INDECI y de los demás Organimos e instituciones del gobierno nacional vinculados con las operaciones de emergencia, dentro del ámbito de sus competencias a realizar las acciones de habilitación de la infraestructura y servicios públicos de las zonas afectadas por este último evento y los que sobrevengan; Por estas consideraciones y en uso de las Atribuciones conferidas en el numeral 3) del Art. 20° y 41° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, D. Leg 1017-2008/EF, D.S. N° 184-2008/EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, conforme lo disponer la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29813 “Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, para el año Fiscal 2012; luego de un amplio debate con la dispensa del trámite de lectura del Acta, por unanimidad el Concejo Municipal en Pleno, con la autonomía que le reviste; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar, en Situación de Emergencia por un período de Sesenta (60) días el Distrito de Maranura y en emergencia Focalizada la Cuenca del río Vilcanota dentro de la jurisdicción del Distrito, por los daños ocasionados a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales que viene ocasionando la crecida del río Vilcanota y riachuelos que están originando deslizamientos de cerros, colapsamiento de plataformas de carretera, puentes, sistemas de agua potable, canales de regadío y otros daños a la propiedad pública y privada. Artículo Segundo.- Disponer, por situación de emergencia el uso de los recursos necesarios por el monto que la ley permita, para la atención oportuna de la población afectada, así como para la rehabilitación de vías y servicios. Artículo Tercero.- Encargar, a la Ofi cina de Abastecimientos, la ejecución de la adquisición de bienes y servicios, previa autorización de la Gerencia Municipal, para la atención de la situación de emergencia que amerite. Artículo Cuarto.- Disponer, que la Gerencia Municipal, remita a la Contraloría General de la República, al Comité Provincial de Defensa Civil, al Comité Regional de Defensa Civil, al Instituto Nacional de Defensa Civil Cusco – INDECI, copia del presente Acuerdo de Concejo para su conocimiento y acciones necesarias. Artículo Quinto.- Comunicar, que las adquisiciones que correspondan, por los montos económicos de procesos de selección, deberán ser regularizados dentro de los (10) días hábiles posteriores de la adquisición y/o atención, como también de ser incluidos en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad y ser publicado en el SEACE con todos los requisitos sustentatorios. Articulo Sexto.- Encargar, a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Sub-Gerencia de Infraestructura, Unidad de Logística y demás instancias iniciar las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO MARCAVILLACA ALVAREZ Alcalde 778600-1