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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (20/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464597 Que, en atención a lo expuesto debe precisarse que mediante Acuerdos de Concejo Nº 016-2010/MLV y Nº 047- 2011/MLV se aprobaron los Convenios Marco y Específi co, respectivamente, celebrados entre la Municipalidad de La Victoria y el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL –, con el objeto de agilizar el otorgamiento de permisos municipales para la instalación de nuevas conexiones de agua y/o alcantarillado. Dichos Convenios fueron suscritos en el marco de cumplimiento de metas de los años 2010 y 2011 del anteriormente denominado Programa de Modernización Municipal; Que, en virtud de las normas legales glosadas la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización comunican la necesidad de modifi car el procedimiento Nº 5.52 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad de La Victoria, denominado “Autorización para Mantenimiento y/o Ampliación de Redes (conexión domiciliaria de agua y/o desagüe)”, en el extremo referido al plazo para resolver dicho procedimiento, el cual será de cinco (5) días hábiles, con el objeto de adecuar este instrumento de gestión institucional con lo dispuesto en la normativa glosada, contando para ello con los informes favorables de la Gerencia de Desarrollo Urbano y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señalados en los vistos; Estando a los fundamentos expuestos y a los informes de vistos, corresponde modifi car el plazo del procedimiento Nº 5.52 del TUPA de la Municipalidad de La Victoria. Por lo tanto, contando con la visación de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 004-2008- PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29091, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Modifi car el Procedimiento Nº 5.52 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – de la Municipalidad de La Victoria denominado “Autorización para Mantenimiento y/o Ampliación de Redes (conexión domiciliaria de agua y/o desagüe)”, en el extremo referido al plazo para resolver el mismo, el cual se fi ja en cinco (5) días hábiles, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente Decreto y su anexo en el portal institucional www. munilavictoria.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe, así como la ejecución de las acciones complementarias que corresponden a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Públicas, Tránsito y Transporte, conforme a sus atribuciones y competencias. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 777896-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Reglamento de Retiros Municipales para Edificaciones del distrito de Lince DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2012-ALC-MDL Lince, 16 de abril del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: El Informe Nº 017-2012-MDL-GDU de fecha 29 de Marzo del 2012, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 07 de Mayo del 2009 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Ordenanza Nº 235-MDL “Ordenanza que Aprueba Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para la Aplicación de la Ordenanza Nº 1017-MML”, en la que mediante la Segunda Disposición Complementaria faculta al Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 279-MDL “Ordenanza que modifi ca los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios aprobados por la Ordenanza Nº 235-MDL”, se encargó a la Subgerencia de Catastro y Planifi cación Urbana que elabore y proponga el Reglamento de Retiros para Edifi caciones en el Distrito de Lince, para su aprobación por Decreto de Alcaldía; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Desarrollo Urbano hace suyo el Informe Nº 017-2012-MDL- GDU/SGCPU de fecha 24 de enero del 2012, remitido por la Subgerencia de Catastro y Planifi cación Urbana, mediante el cual alcanza la Propuesta Técnica de Consolidación de Retiros Municipales en el distrito, su uso y restricciones y el Plano de Retiros correspondiente; Que, los numerales 3.2 y 3.6.2 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, son funciones específi cas de las Municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, la de autorizar y fi scalizar la ejecución del Plan de Obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vías pública o zonas aéreas, así como, sus modifi caciones, previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental, además el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; Que, el retiro municipal está sujeto a la norma contenida en el Reglamento Nacional de Edifi caciones, por cuanto es considerado de necesidad y utilidad pública, así como de interés social por ser de benefi cio para la comunidad. Por otro lado, permite el aislamiento y la seguridad con respecto a la circulación exterior, contribuyendo al mejoramiento del entorno urbano; Que, mediante la Ordenanza Nº 235-MDL y su modifi catoria, Ordenanza Nº 279-MDL se establecieron retiros estándar según el tipo de vía, sin tomar en cuenta el criterio de consolidación real de las edifi caciones, lo cual ha venido generando una problemática en los procedimientos administrativos (Anteproyectos y Proyectos de Construcción) iniciados por los administrados; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Retiros Municipales para Edifi caciones del Distrito de Lince y su correspondiente Plano de Consolidación de Retiros, que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de las Subgerencias de Infraestructura Urbana, de Catastro y Planifi cación Urbana, y de Desarrollo Económico Local, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El Plano de Consolidación de Retiros, será publicado en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Lince (www.munilince.gob.pe) y en el módulo de atención de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 777936-1