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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464599 la educación inicial, primaria, hasta secundaria, y madres gestantes en situación de vulnerabilidad nutricional, mejorando su calidad de vida. b. Contribuir a la prevención de la desnutrición crónica. c. Contribuir a la prevención de la anemia de madres gestantes, lactantes, niños y jóvenes estudiantes hasta el nivel de secundaria. d. Promover la adecuada alimentación de la madre gestante. e. Promover una adecuada y oportuna alimentación complementaria. f. Promover las buenas prácticas y conductas saludables de alimentación en madres gestantes, lactantes, niños, niñas y jóvenes en edad escolar. g. Promover la intervención integral de la atención en salud, alimentación y nutrición a niños, niñas, jóvenes en edad escolar, madres gestantes y ancianos en desamparo fi lial. h. Establecer un marco jurídico de carácter general que garantice la continuidad y sostenibilidad del Programa de Alimentación, así como la implementación de los Comedores PIQUICHAS, como parte de la política de asistencia social de la gestión Municipal. i. Contribuir a mantener un estado nutricional adecuado de la población vulnerable y en riesgo. TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS COMEDORES Artículo 7º.- DE LA ORGANIZACIÓN Los Comedores, como parte de la Etapa de Implementación, Modernización y Crecimiento de El Programa, cuenta en la actualidad con 04 sedes o locales de atención gratuita, distribuidos estratégicamente por zonas del Distrito de la siguiente manera : Comedor N° 01 – Zona Chosica Comedor N° 02 – Zona de La Era - Ñaña Comedor N° 03 – Zona de Cajamarquilla Comedor N° 04 – Zona de Nievería Podrán incrementarse el número de Locales o Comedores dentro de la Jurisdicción Distrital de acuerdo a las necesidades sociales existentes, la capacidad operativa y objetivos institucionales de la Administración Municipal. Artículo 8º.- DE LA ADMINISTRACIÓN La Administración de los Comedores estará a cargo de un personal Contratado quien depende jerárquica y funcionalmente de la Gerencia de Desarrollo Social, asistido por personal especializado en nutrición. Artículo 9º.- DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR El Administrador de los Locales o Comedores tiene como funciones: 1. Proponer al Gerente de Desarrollo Social el Plan Anual de Abastecimiento y desarrollo sostenible de los Comedores, para que a través de la Gerencia Municipal se ejecuten las acciones administrativas tendientes a lograr el objetivo. 2. Velar por la Implementación adecuada de los Locales o Comedores de prestación del servicio de alimentación, proponiendo a través de la Gerencia de Desarrollo Social las acciones para el cumplimiento de dicha fi nalidad, y que estas sean canalizadas por intermedio de la Gerencia de Administración y Finanzas y la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales para su aplicación. 3. Velar por el mantenimiento, conservación y limpieza de los locales o Comedores. 4. Supervisar las actividades efectuadas por los trabajadores de los locales o Comedores que prestan el servicio de Alimentación velando que éstos cuenten con los uniformes y la debida protección conforme a las normas de salubridad vigentes emitidas por la Autoridad de Salud para la prestación del servicio. 5. Velar por el adecuado abastecimiento de productos, evitando se produzcan situaciones de desabastecimiento que pongan en riesgo la prestación oportuna del servicio de alimentación nutricional, manteniendo la coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Administración y Finanzas y la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales. 6. Informar de manera inmediata a su superior jerárquico, y éste a la Alta Dirección, aplicando las medidas preventivas ante situaciones de afectaciones a la salud de los benefi ciarios, o la presencia de productos que por su naturaleza perecible se encuentren en mal estado de conservación, bajo responsabilidad administrativa, civil y penal. 7. Otras que le sean encomendadas por la Gerencia de Desarrollo Social, y la Alta Dirección (Alcaldía y Gerencia Municipal). CAPÍTULO II AGENTES INTERVINIENTES Y PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS Artículo 10º.- AGENTES INTERVINIENTES En la Ejecución del Programa de Alimentación e Implementación de los Comedores, intervienen como Agentes: Los Benefi ciarios, la Administración Pública Municipal, la Empresa Privada y los proveedores del servicio, y la participación de la Comunidad respecto a la necesidad de ubicación de nuevos Comedores . Artículo 11.- PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS Los Procesos de Contratación para la Adquisición de Productos que garanticen la prestación del servicio de Alimentación en los Comedores, se regirá por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente, así como las Disposiciones generales y principios consagrados en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, debiendo tomarse las previsiones para evitar el desabastecimiento de productos que pongan en riesgo la prestación adecuada del servicio de Alimentación Nutricional y afectación directa del personal benefi ciado con el Programa Municipal señalado en la presente Norma. La Contratación para la adquisición de los productos y servicios se encuentra a cargo de la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales de acuerdo a su competencia y función establecida en el ROF vigente de la Municipalidad Distrital, y su supervisión y Control a cargo de la Gerencia de Administración y Finanzas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese, al Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones Complementarias y/o Reglamentarias para la correcta aplicación de la presente Norma. Segunda.- Dispóngase la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y el Proyecto aprobado que como Anexo forma parte integrante de la misma, en la página Web de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica www.munichosica.gob.pe Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarta.- Dispóngase la adecuación y/o modifi cación del ROF y el MOF vigentes de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica con respecto a la organización y funciones establecidas en la presente Ordenanza y su Inclusión en el Plan de Desarrollo Integral del Distrito. Quinta.- Encárguese a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Social, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales el cumplimiento de la presente Norma y su correcta Difusión y Publicación a Secretaría General. Sexta.- Deróguense las Normas Municipales que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- Dispónganse las acciones administrativas y/o de urgencia que sean necesarias para que la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales garanticen de manera efi caz y en cumplimiento de la Ley la adquisición de los productos y servicios que sean necesarios para la