Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2012 (20/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464605

Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, con fecha 16.06.2011 se aprobo la Ordenanza Nº 388-MSS, a traves de la cual, se Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA y con Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobo el Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, - Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Tambien seran atendidos los demas Sectores no considerados, cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), o por la necesidad de desarrollar proyectos de interes local, provincial o regional, o cuando se trate de islas rusticas de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas"; Que, mediante Memorandum N° 174-2012-GDU-M5S del 23.02.2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, eleva la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA de la Provincia de MORDAZA, inscrito en el Tomo 153 Fojas 163-167, continuacion P.E. Nº 47065119 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, denominado Urbanizacion Las Palmas, sustentando la misma en el Informe Nº 094-2012-SGPUC-GDU-MMS del 22.02.2012, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el cual contiene el Informe Tecnico Nº 016-2012-NAA-ACU, del 09.02.2012, indicando que el predio inscrito en la P.E. Nº 47065119 cuenta con un area de 15,981.00 m2, no figurando inscritas sus medidas perimetricas en la Partida Registral (Titulo Archivado Nº 818 del 09.03.1971), por lo cual, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, en cumplimiento de sus funciones; realizo el levantamiento Topografico con teodolito electronico de los muros de abobe y ladrillo que delimitan el predio y de las construcciones y areas libres que contiene, determinando de esa forma, en base a la informacion recabada en MORDAZA y los antecedentes registrales, los linderos y medidas perimetricas del predio matriz, el cual se grafica en el Plano Catastral Informativo Nº 008-2012, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro; Que, asimismo, se indica, que el terreno matriz cuenta con dos zonificaciones: RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) y MORDAZA DE RECREACION PUBLICA (ZRP) conforme a la Zonificacion aprobada por la Ordenanza N° 1076, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 08.10.2007, encontrandose a su vez debidamente delimitado como un espacio territorial inserto en la trama MORDAZA, en un area MORDAZA consolidada, contando con servicios publicos domiciliarios (agua, desague, energia electrica, gas y comunicaciones), y servicios publicos complementarios, entendiendose como tal, a la dotacion de servicios urbanos para atender las necesidades de educacion, salud, comercial, recreativas, religiosas, de seguridad (estaciones policiales, de bomberos), comunicaciones (telefonos publicos); y, dos parques como Area de Recreacion Publica, que se encuentran al interior del predio matriz, registralmente calificado como MORDAZA, no encontrandose sujeto a los aportes de Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 24° de la Ley N° 29090 - Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 164-2012-GAJ-MSS del 28.02.2012, senala que, en el Informe N° 094-2012-SGPUC-GDU-MSS la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro indica que, en la Partida Registral N° 47065119 del Registro de la Propiedad

Inmueble de MORDAZA, el terreno materia de la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio, no cuenta con Habilitacion MORDAZA siendo de propiedad de la Asociacion Urbanizacion Pro Vivienda Las Palmas y conforme al Informe Tecnico Nº 016-2012-NAA-ACU, elaborado por la citada Subgerencia, es un predio MORDAZA que cuenta con servicios basicos, lo cual la hace una MORDAZA consolidada, conforme se detalla en el citado Informe Tecnico, concluyendo que la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio para uso vivienda del terreno inscrito en el Tomo 153, fojas 163 - 167, continuada en la P.E. N° 47065119 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, denominado Urbanizacion Las Palmas, con un area de 15,981.00 m2, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta ademas, que la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional de facultad de las Municipalidades, en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que asi lo declare; Estando el Memorandum Nº 174-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 094-2012SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 164-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y al MORDAZA de los dispositivos legales precedentes y en uso de la facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la Habilitacion MORDAZA de Oficio para uso Vivienda del terreno de 15,981.00 m2, inscrito en el Tomo 153 Fojas 163 - 167, continuacion P.E. Nº 47065119 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, denominado URBANIZACION LAS PALMAS, de acuerdo a los planos PU-01-2012-SGPUC-MSS, PP-02-2012SGPUC-MSS y PTL 03-2012-SGPUC-MSS, que se aprueban con la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR el siguiente Cuadro General de Distribucion de Areas de la Urbanizacion Las Palmas, segun el siguiente detalle:

CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS URBANIZACION LAS PALMAS USO AREA UTIL · AREA DE VIVIENDA (107 Lts.) · AREA DE EQUIP. MORDAZA RECREACION PUBLICA MORDAZA 1 MORDAZA 2 · AREA DE EQUIP. LOCAL (Area Comun) CANCHA DEPORTIVA LOCAL COMUNAL ESTACIONAMIENTOS · AREA DE CIRCULACION Y VIAS AREA TOTAL AREA % % (m2) PARCIAL GENERAL 10,914.38 68.30 9,217.80 583.87 438.82 145.05 57.68 3.65 2.75 0.90

320.87 196.24 595.60 5,066.62 15,981.00

2.01 1.23 3.73 31.70 100.00

Articulo Tercero.- DISPONER la Inscripcion Registral a uso MORDAZA de los lotes que conforman la Habilitacion MORDAZA de Oficio que se aprueba de acuerdo a los planos PP-02-2012-SGPUC-MSS y PTL 03-2012-SGPUC-MSS, que forman parte de la presente Resolucion, acto que se formalizara mediante la gestion individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX MORDAZA Registral-Sede MORDAZA, precisando que los referidos planos seran publicados en la web institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las areas de vias, de acuerdo al Articulo 56º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades son bienes de uso y dominio publico. Articulo Cuarto.- APROBAR como area de Recreacion Publica (Parque) el Lote 1 de la Manzana C' y el Lote 1 de la Manzana H' de la Urbanizacion Las Palmas, las cuales deberan ser transferidas a esta Corporacion.

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