Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2012 (21/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464647

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad, respecto al Procedimiento Nº 25 - Autorizacion para instalacion y conexiones domiciliarias de agua y desague
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2012-MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 17 de MORDAZA del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto, el Informe Nº 027-2012-GPP/MVMT, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 044-2012-GDU/MVMT, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, los cuales sustentan la propuesta de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos en el MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0422011-SUNASS-CD, para lo cual proponen la emision de un decreto de alcaldia; CONSIDERNADO: Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe N° 027-2012-GPP/MVMT, senala que, mediante la Ordenanza Nº 060/MVMT, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, para la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, que se encuentra compuesto por 187 procedimientos con sus respectivos derechos, agrupados por Unidades Organicas, la misma que fuera ratificada por Acuerdo de Consejo Nº 065 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el que se considera el procedimiento 25 denominado "AUTORIZACION PARA INSTALACION Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA Y DESAGUE (C/PAR MIXTO)" a cargo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA ­ Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, con 04 requisitos que incluye el derecho de tramite, calificado de evaluacion previa con silencio administrativo positivo con un plazo MORDAZA de atencion de 30 dias habiles; Que, mediante Informe Nº 044-2012-GDU/MVMT, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, comunica que corresponde modificar el MORDAZA de la corporacion MORDAZA en su procedimiento Nº 25; Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Consejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las Funciones ejecutivas; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, es de aplicacion supletoria a todo procedimiento que no es regulado de manera expresa o forma distinta por MORDAZA especial, situacion que es concordante con el inciso 2) del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, asi como lo establecido en el numeral 5) del articulo 1° de dicho titulo preliminar; Que, el articulo 36° de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", indica que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos y requisitos o a la simplificacion de los mismos, asi como los supuestos de eliminacion de plazos para la tramitacion de los procedimientos y/o servicios administrativos que presta la Municipalidad, podran efectuarse a traves de decreto de alcaldia; Que, en este contexto, en el numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General 27444, se senala que, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por resolucion ministerial del sector, MORDAZA regional de rango equivalente o decreto

de alcaldia, o por resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; en caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1; en ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3; Que, el articulo 75° de la Ley N° 27444, precisa como deber de las autoridades respecto del procedimiento administrativo y de sus participes velar por la eficacia de las actuaciones procedimentales, procurando la simplificacion en sus tramites, sin mas formalidades que las esenciales para garantizar el respeto a los derechos de los administrados o para propiciar certeza en las actuaciones; Que, en el presente caso, de la documentacion obrante en autos, se colige que en la actualidad el procedimiento N° 25 sobre "Autorizacion para Instalacion y Conexiones Domiciliarias de Agua y Desague (C/Par Mixto)" establecido por la Ordenanza N° 060/MVMT, tiene cuatro requisitos: 1.- Solicitud dirigida al MORDAZA, 2.- Carta e Informe de Inspeccion de SEDAPAL, 3.- Pago unico de derechos por Agua en Asentamiento Humano equivalente al 0.64 de la UIT y 4.-Por Desague equivalente al 2.58 de la UIT; siendo ademas que dicho procedimiento esta calificado como de evaluacion previa en un plazo de 30 dias de duracion sujeto al silencio administrativo positivo; Que, al respecto se debe mencionar que los articulos 21º y 22º del Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento aprobado mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASSCD en sus respectivos textos modificados por el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo N° 0422011-SUNASS-CD de fecha 21 de octubre del 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 28 de octubre del 2011, implican una variacion de plazos y la intervencion de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS y adopcion de medidas frente a los costos correspondientes que implican el replanteamiento de los mismos a traves de una modificacion de dicho procedimiento; Que, es el caso que la actual propuesta modificatoria del procedimiento en referencia considera para dicho tramite solo tres requisitos como son: 1.- Solicitud dirigida al MORDAZA, 2.- Carta y Estudio de Factibilidad EPS y 3.- Pago del derecho correspondiente al 0.99% de la UIT; situacion que implica una reduccion de requisitos y costos en el procedimiento en referencia, razon por la cual devendria en procedente la modificacion del mismo en virtud a lo establecido en el precitado numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ello via decreto de alcaldia, el mismo que se debe emitir considerando lo establecido en el articulo 42º e inciso 1) del articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades - 27972 y que es concordante con lo precisado en el numeral 38.3 del mencionado articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ 27444 en su texto modificado por el articulo 1º de la Ley N° 29091, situacion que adicionalmente implica la publicacion del mismo en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE y en el MORDAZA Institucional; Que, estando a los considerandos precedentes, mediante el Informe N° 109-2012-GAJ-MDVMT, la Gerencia de Asesoria Juridica ha opinado en el sentido de que procedente la modificacion del Procedimiento N° 25 "Autorizacion para Instalacion y Conexiones Domiciliarias de Agua y Desague (C/Par Mixto)", establecido por la Ordenanza N° 060/MVMT, ello via Decreto de Alcaldia, dado que dicha modificacion implicara una reduccion de requisitos y del monto del derecho respectivo, ello conforme a lo precisado en el punto II del presente informe y que emitido el Decreto de Alcaldia en referencia se debera a proceder a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE en el MORDAZA Institucional por las razones expuestas en su informes; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 20°, de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativo ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, respecto al Procedimiento

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