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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464642 Registral Nº IX – Sede Lima (fs. 26 al 31); de igual manera la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Copia Literal de la Partida Electrónica Nº 00564915 del Registro de Personas Jurídicas de Lima (fs. 32 al 38), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 109-2012-MML-GDU-SPHU-DCO y Nº 102-2012-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 22 y 23 de marzo de 2012, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a los aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Sub Gerencia Nº 045-2012-SGCHU- GDU-MDSMP, de fecha 02 de marzo de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Nº 1015-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-05 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Sub Gerencia Nº 045-2012-SGCHU- GDU-MDSMP, de fecha 02 de marzo de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda “Las Begonias I Etapa”, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 19,575.00 m², constituido por la Sub Parcela 55-A del Ex Fundo Naranjal, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano de Lotización Nº 013-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BACILIO LOPEZ S.A.; y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 778626-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican procedimiento en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2012-MPL Pueblo Libre, 17 de abril de 2012 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194º las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprobaron los “Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012”, señalando en el artículo 5º para el establecimiento de las metas, la distribución y asignación de los recursos del Plan de Incentivos se tendrá en cuenta la clasifi cación de municipalidades, siendo considerada la Municipalidad de Pueblo Libre de Tipo “A”, estableciéndose como metas al 31 de julio del 2012 la de “modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad en el marco de la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS- CD, antes del 30 de abril del año 2012”; lo que implica que el procedimiento administrativo para autorizar una conexión domiciliaria de agua y desagüe debe realizarse en un plazo máximo de 5 días hábiles, en concordancia con los lineamientos brindados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA o la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, de acuerdo a lo antes expuesto es necesario la emisión del Decreto de Alcaldía que modifi que el procedimiento establecido en el numeral 04, sub numeral 04.3, ítem 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Nº 296-MPL y modifi catorias, denominado “Autorización para Trabajos en Áreas de Dominio Público destinados a instalación domiciliaria de agua, desagüe, energía eléctrica y gas natural”; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente de la Municipalidad de Pueblo Libre, respecto al procedimiento establecido, en el numeral 04, sub numeral 04.3, ítem 1, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Licencias y Autorizaciones a través de la Subgerencia de Licencia de Obras, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General y Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional www.muniplibre. gob.pe, respectivamente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde