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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (21/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464645 parte del presente Decreto, el cual, se encuentra publicado en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- ACCESO AL SERVICIO Para hacer uso de los servicios del Seguro de Asistencia VSP, el vecino podrá comunicarse a la línea de atención o correo electrónico especialmente designada para tal fi n, identifi cándose con su código de contribuyente y su Documento Nacional de Identidad. Las condiciones del servicio y la cobertura de los descritos, en detalle, se encuentran publicados en la página Web de la Municipalidad de Surco, www.munisurco. gob.pe. Artículo Quinto.- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE ASEGURADO El contribuyente perderá el Seguro de Asistencia VSP, de forma inmediata, al perder la calidad de Vecino Surcano Preferente; según normativa vigente. Artículo Sexto.- RECUPERACIÓN DE LA CONDICION DEL ASEGURADO El contribuyente que pierda la condición de asegurado; podrá recuperarlo una vez califi que nuevamente como Vecino Surcano Preferente según la normativa vigente. Artículo Sétimo.- VIGENCIA La vigencia del Seguro de Asistencia VSP será hasta el día 31 de diciembre del año 2012. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto en el Portal Institucional y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional y a la Gerencia de Atención al Ciudadano y Defensoría Vecinal; establecer formalmente las acciones orientadas a asegurar la concreción de los servicios señalados en el presente Decreto, así como la adecuada difusión del mismo de conformidad a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Artículo Décimo Primero.- DISPONER la publicación de la presente norma en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP-Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Décimo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 779334-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2012-MDS Surquillo, 4 de abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO, el Informe Nº 059-2012-GDU/MDS de fecha 08 de febrero de 2012, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que solicita la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por Ordenanza Nº 259- MDS, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, dentro del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, se establece como meta para las Municipalidades consideradas Ciudades Principales de Tipo “A”, la modifi cación de sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA), de acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo Nº 042- 2011-SUNASS-CD, el mismo que debe efectuarse antes del 30 de abril del 2012; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por Ordenanza Nº 259-MDS de fecha 20 de julio de 2011, ratificado por la Municipalidad de Lima Metropolitana, contiene el procedimiento de AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA INSTALACIÓN DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA, DESAGÜE, ENERGÍA ELÉCTRICA Y TELECOMUNICACIONES, con un plazo para resolver de 30 (treinta) días; Que, según Informe de vistos el procedimiento establecido en el TUPA a cargo de la Sub Gerencia de Obras Públicas, contiene requisitos y derechos de tramitación que no se deben variar, pero lo que se debe disminuir es el plazo de atención a 05 (cinco) días útiles; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, establece la obligación de las entidades a elaborar y aprobar o gestionar la aprobación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos y que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldía; Que, de acuerdo al Memorando Nº 163-2012-GPPCI- MDS de fecha 02 de abril de 2012, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, señala que la modifi cación debe realizarse mediante Decreto de Alcaldía y publicarse en el diario ofi cial El Peruano; Que, según informe Nº 115-2012-GAJ-MDS de fecha 03 de abril de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente procedente la modifi cación, respecto al período de tramitación del procedimiento denominado “Autorización en área de uso público para instalación domiciliaria del servicio de agua, desagüe, energía eléctrica y telecomunicaciones”, normado por la Ordenanza Nº 259-MDS; En virtud de las normas acotadas, de los informes de las áreas competentes y de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado mediante la Ordenanza Nº 259-MDS, únicamente respecto al plazo para resolver (en días hábiles) el procedimiento Nº 7 de la Sub Gerencia de Obras Públicas: Autorización en área de uso público para instalación domiciliaria del servicio de agua, desagüe, energía eléctrica y telecomunicaciones, que a partir del día siguiente de la publicación del presente documento será de 05 días útiles, cuyo cuadro que se anexa forma parte integrante del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZALES Alcalde