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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (21/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464638 así como las medidas que los supervisores a nivel mundial vienen adoptando para reducir la probabilidad de fracaso de las instituciones bancarias sistémicas y/o mitigar el impacto de su fracaso; Que, asimismo, en el indicado seminario se revisarán temas relacionados con la identifi cación de instituciones fi nancieras sistémicamente importantes y la aplicación de requerimientos de capital, la implementación de una supervisión intensiva y efectiva de estas instituciones, el fortalecimiento de las infraestructuras básicas de los mercados fi nancieros, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS y particularmente para ampliar el conocimiento técnico sobre los nuevos cambios regulatorios propuestos por el Comité de Basilea, se ha designado a la señora Marisabel Santome Chávarry, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, para participar en el referido seminario; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el indicado curso, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS N° 2170-2012, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085- 15; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Marisabel Santome Chávarry, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, del 22 al 27 de abril de 2012 a la ciudad de Basilea, Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2664,00 Viáticos US$ 1300,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 779818-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Instituyen el 7 de mayo como el Día de la Heroica “Columna Pasco” CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 302-2012-G.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 30 de marzo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión Ordinaria de fecha veintiocho de marzo del dos mil doce. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, y son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Conforme lo expresan los artículos 2º,4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorial, legalidad y de Simplicidad Administrativa; Que, el artículo 28º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, defi ne a las regiones como unidades territoriales geoeconómicas, con diversidad de recursos, naturales sociales e institucionales, integradas histórica, económica, administrativa, ambiental y culturalmente, que aportan distintos niveles de desarrollo, especialización y competitividad productiva, sobre cuyas circunscripciones se constituyen y organizan gobiernos regionales; Que, es función del Gobierno Regional, a través de la Dirección Regional de Educación dictar las medidas correspondientes para promover la recuperación y revaloración de nuestra identidad histórica y cultural, local y regional, enriqueciendo así el proceso de diversifi cación curricular en las instituciones educativas de los diferentes niveles y modalidades en el sistema educativo vigente; Que, el calendario cívico escolar está orientado a fortalecer la formación ética y cívica y debe ser insertado en las programaciones curriculares para convertirse en oportunidades de aprendizaje de los estudiantes; Que, la historia de Pasco está ligada a la historia del Perú, y que no solo en las minas se inmolaron los pasqueños, es así cuando la patria estuvo en peligro por la Invasión Chilena, salieron en defensa de nuestras fronteras, recordemos a aquellos 220 hombres de la heroica Columnas Pasco – fl or y nata de nuestra juventud - que fueron, uniformados, armados y preparados con el peculio de nuestro pueblo sin que le costase un solo centavo a nuestro país por la defensa de nuestra patria; quienes lejos de nuestra tierra y después de cruzar inmensos e inhóspitos arenales combatieron en San Francisco, Tarapacá, Tacna y cayeron al lado del glorioso Coronel Francisco Bolognesi aquel 7 de junio de 1880 en la Batalla de Arica. Todos murieron heroicamente. Cuando los chilenos, estaban para tomar Lima, un segundo grupo de voluntarios aglutinados en la segunda Columna Pasco, conformado por niños y ancianos fue a defender Lima; Que, mediante RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 015-10/INC-PASCO, de fecha 7 de mayo de 2010, el Instituto Nacional de Cultura, Dirección Regional de Cultura Pasco, Instituye como fecha cívica el 7 de mayo, en memoria a la “Columna Pasco” integrado por jóvenes cerreños que dieron su vida por la patria en la guerra del pacifi co de 1879, así mismo Felicita a la Institución