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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2012 464640 y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; asimismo numeral 12.2 de artículo 12° establece que en el caso de los Gobiernos Regionales se autoriza con Acuerdo de Consejo Regional, previa opinión favorable de la Ofi cina de Presupuesto, debiendo publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”, por lo que concluye que corresponde al Consejo Regional su aprobación; y con Memorando N° 394-2012/GRP-440000 del 11 de abril de 2012, Gerencia Regional de Infraestructura, señala que resulta procedente la suscripción del Convenio y por ende la visación del mismo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12° numeral 12.3 de la Ley N° 29812; Que, mediante Informe N° 011-2012/GRP-200010- ACCR del 12 de abril de 2012, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, concluye que se ha cumplido con los requisitos que exige la norma en materia de presupuesto, como son el informe previo de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Convenio Interinstitucional objeto de la transferencia, y la conformidad e la Gerencia Regional de Infraestructura, por lo que recomienda la autorización de la transferencia fi nanciera del Pliego Gobierno Regional Piura a la Municipalidad Distrital de Las Lomas hasta por la suma de S/. 1’399,932.00; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 09 - 2012, celebrada el día 13 de abril del 2012, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA EL COFINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN “AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO INTEGRAL DE LAS LOCALIDADES DE PAMPA ELERA BAJA, PAMPA ELERA ALTA, PUEBLO NUEVO DE PAMPA ELERA ALTA, CHIPILLICO, POTRERILLO, SAUCE, MONTE DE LOS OLIVOS Y TONGAL DEL DISTRITO DE LAS LOMAS, PROVINCIA DE PIURA”, ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS Y EL GOBIERNO REGIONAL PIURA, que tiene por objetivo establecer las bases de caracteres legal, técnico, coordinación, fi nanciamiento y operatividad mediante el cual el Gobierno Regional Piura transfi ere a la Municipalidad Distrital de Las Lomas la suma de S/. 1’399.932.00; el mismo que consta de once (11) cláusulas y forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego Gobierno Regional Piura a la Municipalidad Distrital de Las Lomas por el monto de S/. 1’399.932.00, proveniente de la Fuente Recursos Determinados, para ser utilizados en forma exclusiva para los fi nes que señala el Convenio mencionado en el artículo primero, de acuerdo a los lineamientos señalados en el artículo 12° de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y la Directiva N° 05-2010-EF/76.01 y su modifi catoria. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y fi nanciero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase. LUIS GARUFI VIDAL Consejero Delegado Consejo Regional 778593-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que aprueba regularización de habilitación urbana del Programa de Vivienda “Las Begonias II Etapa” RESOLUCIÓN Nº 57-2012-MML-GDU-SPHU Lima, 27 de marzo de 2012 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 50475-2012, de fecha 14 de marzo de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Sub Gerencia Nº 049-2012- SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 09 de marzo de 2012, aprobando la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 19,575.00 m², constituido por Sub Parcela 56-B del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, solicitada por la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LOPEZ S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, Expediente Nº 50475-2012, de fecha 14 de marzo de 2012 (fs. 01 al 131) la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite copia certifi cada de la Resolución de Sub Gerencia Nº 049-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 09 de marzo de 2012 (fs. 122 al 125), que Aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda “Las Begonias II Etapa”, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”del terreno de 19,575.00 m², constituido por la Sub Parcela 56-B del Ex Fundo Naranjal, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 014-2012- SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 108-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 22 de marzo de 2012 (fs. 132 al 141), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda “Las Begonias II Etapa”, sobre el terreno de 19,575.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante la Resolución de Sub Gerencia Nº 049-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 09 de marzo de 2012, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta la dos zonifi caciones con las que se encuentra califi cado Residencial de Densidad Media- RDM y Comercio Zonal-CZ, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1015- MML, vigente a la fecha de inicio del presente trámite ante la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, a vías; por cuanto el terreno se encuentra afecto por una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano: denominada Av. Canta Callao B (Izaguirre- Limite Provincial) califi cada como vía Expresa de sección E- 05 de 80.00 ml, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML, proponiendo la sección A-A de 80.00 ml;, con respecto a las vías locales se propone para las Calles 1, 2, 3 y 4 se propone una sección B-B de 11.40 ml, para la Calle 5, se propone la sección E-E de 120.60 ml, y para el Pasaje Nº 1 se proponen las secciones C-C y D-D, de 6.00 y 4.00 ml. respectivamente, siendo que estas son vías locales, por lo que de conformidad al Art. 2º de la Ordenanza Nº 786-MML, es competencia de la Municipalidad Distrital; y aportes reglamentarios, por cuanto estos han sido calculados en aplicación a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 836-MML, asimismo la propuesta presentada considera dejar en terreno áreas para los aportes reglamentarios,