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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de agosto de 2012 472421 contribuyentes del distrito afectos al Impuesto Predial y Arbitrios denominado “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVESE FABULOSOS PREMIOS”; Que, mediante el numeral 3.1 del Decreto de Alcaldía Nº 006-2012/MDC se establece que son Contribuyentes Hábiles para participar en el sorteo todos aquellos registrados al 31 de julio de 2012 en la base de datos, y vigentes en el presente periodo como sujetos obligados al pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo de la Municipalidad de Carabayllo según corresponda participar en el Sorteo Público: “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVESE FABULOSOS PREMIOS”. Que, mediante Informe Nº 023-2012-GAT/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria, refi ere que es necesario ampliar la fecha indicada en el numeral 3.1 del Decreto de Alcaldía Nº 006-2012/MDC, hasta el 14 DE AGOSTO, vista la afl uencia de los Administrados que vienen apersonándose a regularizar su situación de sus adeudos tributarios, y a fi n de promover e incentivar que más contribuyentes tengan la oportunidad de participar en el Primer Sorteo. Que, mediante Informe Nº 219-2012-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que estando a lo indicado por la Gerencia de Administración Tributaria, es de opinión de esta Gerencia que se proceda con la ampliación de la fecha indicada en el numeral 3.1 del Decreto de Alcaldía Nº 006-2012/MDC, hasta el 14 DE AGOSTO DE 2012, a fi n que a todos aquellos contribuyentes que hayan cancelado sus obligaciones tributarias del periodo 2010, 2011 y 2012 hasta la fecha indicada participen en el Primer Sorteo Público denominado “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVESE FABULOSOS PREMIOS”. Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, estando a lo expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. S DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances del numeral 3.1 del Decreto de Alcaldía Nº 006-2012/MDC hasta el 14 DE AGOSTO DE 2012, mediante el cual se aprueban las bases del Primer Sorteo Público denominado “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVESE FABULOSOS PREMIOS”. Artículo Segundo.- PUBLICAR el 14 de agosto de 2012 a las 19:00 horas en la Página Web de la Municipalidad y en el frontis de la misma, la relación fi nal y defi nitiva del total de los contribuyentes que se encuentren hábiles para participar del Sorteo según las bases. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el 01 de agosto de 2012, siendo obligación de la Gerencia de Administración Tributaria y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimento a la presente. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente norma municipal; y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su debida publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 825009-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prohíben el consumo de bebidas alcohólicas y otras conductas en vías y áreas de uso público del distrito ORDENANZA Nº 511-MDMM Magdalena, 23 de julio de 2012 PRESERVAN LA TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD PÚBLICA EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria Nº 02 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 038-2012-GDSE-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el Informe Nº 314-2012- DS-GCSC-MDMM del Departamento de Sanciones, el Memorándum Nº 521-2012-GCSC/MDMM de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y el Informe Nº 533- 2012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 2º, inciso 22 de la Carta Magna, establece el derecho de toda persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Nº 27972, es competencia y función de la municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario; Que, mediante el Informe Nº 038-2012-DPES-GDUO- MDMM, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico pone en conocimiento que resulta necesaria la formulación de una Ordenanza que regule y sancione el consumo de drogas en vía pública, a solicitud de vecinos del distrito, con el fi n de hacer frente a situaciones y circunstancias que puedan afectar o alterar la sana convivencia ciudadana; Que, al respecto, la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, con el Memorándum Nº 521-2012-GCSC/ MDMM, remite el referido proyecto señalando que el mismo cuenta con la aprobación de dicha unidad orgánica; para lo cual lo remite para la prosecución del trámite respectivo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 533-2012-GAJ-MDMM opina que el proyecto remitido, cumple con las normas legales sobre la materia, y resulta favorable su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal de Magdalena del Mar, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PROHÍBASE, en las vías y áreas de uso público del distrito de Magdalena del Mar, y SANCIÓNESE las siguientes conductas: