Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

para que se le autorice la prorroga para la enajenacion de un (01) bien inmueble adjudicado y recuperado; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, el Reglamento para el Tratamiento de Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1535-2005, en adelante, el Reglamento, dispone que las empresas que no hayan vendido o entregado en arrendamiento financiero los bienes en el plazo de un (1) ano, podran solicitar la prorroga prevista en el articulo 215º de la Ley General con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, y senala que las solicitudes presentadas sin dicha anticipacion seran rechazadas; Que, se ha verificado que la CRAC Nuestra Gente ha cumplido con presentar dentro del mencionado plazo, la informacion minima requerida para la aprobacion de la prorroga de un (01) bien inmueble materia de la solicitud, conforme lo senala el articulo 4º del Reglamento, y el procedimiento Nº 33 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 3082-2011; y, Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B" y por el Departamento Legal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 215º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento para el Tratamiento de Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1535-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12885-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Nuestra Gente S.A.A. la prorroga de seis (06) meses, contados a partir del vencimiento del plazo de un (01) ano del bien inmueble adjudicado y recuperado que a continuacion se detalla, para proceder a su enajenacion conforme a ley: Un (1) Inmueble, ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 220, Mz. 20, Lote 18, distrito de Paijan, provincia de Ascope, Departamento de La Libertad. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 825007-1

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Estado Peruano, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias; y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191º de la Constitucion Politica modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902; Que, los Articulos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralizacion como forma de organizacion democratica y de politica permanente del Estado, es el desarrollo integral del pais; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, politico y economico en el ambito regional; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional la de aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el articulo 3° de la Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional de Descentralizacion de Cooperacion Internacional No Reembolsable (SINDCINR) senala que dicho sistema lo integran las Unidades Organicas y/o dependencias encargadas de la Cooperacion Internacional No Reembolsable en el Poder Legislativo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autonomos, Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conservando la dependencia administrativa de cada institucion. En sesion Ordinaria de Consejo Regional, realizada en la MORDAZA de MORDAZA, el dia 13 de Junio del 2012, visto el Oficio Nº 001-2012-GRA/CCI/CTI, instrumento mediante el cual se remite el Dictamen Nº 001-2012- GRA/CCI/ CTI sobre el Proyecto de Ordenanza Regional referido a Aprobar el Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region MORDAZA 2012 ­ 2015; Que, mediante debate y acto de sustentacion por parte del Presidente de la Comision de Coordinacion Interregional y Cooperacion Tecnica Internacional, Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respecto de la aprobacion de la propuesta del Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region MORDAZA 2012 ­ 2015; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; El Consejo Regional de MORDAZA en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nros. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demas normas pertinentes; y estando a lo acordado por Unanimidad en Sesion Ordinaria, de fecha 13 de Junio del ano dos mil doce; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL NO REEMBOLSABLE DE LA REGION MORDAZA 2012 ­ 2015" Articulo Primero.- APROBAR el "Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Regional de Cooperacion Internacional No Reembolsable de la Region MORDAZA 2012 - 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2012-GRA/CR MORDAZA, 13 de junio del 2012.

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