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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (11/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de agosto de 2012 472581 d) La nueva edifi cación respetará los retiros municipales vigentes. e) La nueva edifi cación deberá implementar técnicas ambientales para el ahorro de energía, así como tecnología domótica y la implementación de azoteas verdes, en el marco de la obtención de la certifi cación correspondiente. f) Los estacionamientos no deberán desarrollarse en el primer piso y/o a nivel de superfi cie. g) En las nuevas edifi caciones se deberá resolver la operatividad del tránsito vehicular y peatonal dentro del lote, sin modifi car las características de la sección vial. En caso contrario, se deberá proponer rediseños de geometría vial, siempre y cuando estén orientados a mejorar la seguridad en el desplazamiento de peatones y a mejorar los niveles de servicio actuales de las vías. h) Dentro de las características de accesibilidad se debe considerar la operación de los servicios de transporte público (transporte público urbano y taxis) de ser el caso, así como el ingreso y salida de vehículos de transporte particular, no debiendo la operación de estos vehículos generar interferencias, afectaciones o limitaciones al normal y seguro desenvolvimiento del tránsito vehicular y peatonal del sector. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Establecer que lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía no será de aplicación en las Zonas de Reglamentación Especial (ZRE) del distrito de San Isidro. Segunda.- Precisar que lo dispuesto en los numerales 1.5 y 1.6 del presente Decreto de Alcaldía y los literales g) y h) del Numeral 5.7, Artículo 5º del Decreto de Alcaldía Nº 002-ALC/MSI “Aprobar los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios del distrito de San Isidro”, no son acumulables o sucesivos. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- Disponer que los procedimientos iniciados y/o aprobados durante la vigencia de las normas a que se refi ere la primera disposición fi nal, se regirán por estas hasta su culminación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogar los Decretos de Alcaldía Nº 03- 2012-ALC/MSI, Nº 04-2012-ALC/MSI, Nº 06-2012-ALC/ MSI y Nº 10-2012ALC/MSI9, así como cualquier norma que se oponga al presente Decreto de Alcaldía. Segunda.-Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, el mismo que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL A. CANTELLA SALAVERRY Alcalde 825771-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAEN Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE JAÉN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO N° 075-2012-SBPJ/P. Jaén, julio 16 de 2012 VISTO: La Sesión de Directorio realizada el 13 de julio del 2012, en el que el Directorio de la SBPJ por unanimidad aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Jaén. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006- PCM publicado el 26/07/2006, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, dentro de este contexto mediante Informe Técnico N° 001-2012-SBPJ/JHRM del 28/06/2012 se remite a la Presidencia del directorio el Informe técnico respectivo, acompañando el Proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones para la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén. El Informe Técnico recoge las observaciones y aportes de los distintos órganos administrativos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén. Que, mediante Informe Legal N° 013-2012-ALZ/ JRAP del 12/07/12 la asesoría Legal externa, concluye que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, acompañado mediante Informe Técnico N° 001-2012-SBPJ/JHRM del 28/06/2012, se ajusta a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, así como a las demás normas que regulan los fines, objetivos y organización de las Sociedades de Beneficencia Públicas del país. Que, en reunión de trabajo realizada el 13/07/2012, en la que han participado los representantes de la Gerencia, Administración, y Jefes de los distintos órganos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén, con la asesoría Legal y Asesoría Técnica externa, se ha llegado al consenso sobre la estructura y contenido del proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones para la Sociedad de Beneficencia Pública de Jaén, acompañado mediante Informe Técnico N° 001-2012-SBPJ/JHRM del 28/06/2012, reunión de trabajo llevada a cabo previo a la sesión de Directorio. Que, en Sesión de Directorio realizada el 13/07/2012, los cinco miembros del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Jaén por unanimidad aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Jaén, autorizando al Presidente del Directorio a expedir la resolución administrativa que lo apruebe y a realizar los trámites pertinentes que exige la Ley de la materia para su publicación y entrada en vigencia. Con las visaciones de los titulares de la Gerencia, Administración, Asesoría Jurídica, Ofi cina de Planifi cación, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía N° 175-2012-MPJ/AL del 27/02/2012 y del Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Jaén, el mismo que consta de cinco (05) títulos, ochenta (80) artículos, ocho (08) disposiciones complementarias, transitorias y fi nales y un anexo en el que obra el organigrama de la institución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto todas las normas administrativas que se opongan al presente Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Jaén. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Presidencial en el en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución Presidencial y el texto del Reglamento de Organización y Funciones aprobado en el portal del Estado Peruano