Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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de inscripcion, ni se aceptara subsanacion de documento alguno. Sin perjuicio de lo senalado, la Comision queda facultada a disponer la subsanacion de forma que considere necesaria y que no altere de manera trascendente la documentacion presentada. 6.3. La MORDAZA de la solicitud de inscripcion y demas documentos, podra efectuarse por apoderado designado con carta poder simple. Articulo 7º.- Verificacion documentaria inscripcion del postulante admitido e

los miembros de la Comision efectuaran la calificacion a cada curriculum, utilizando para ello un formato por postulante y estableceran la relacion de los postulantes, con expresa indicacion de su calificacion curricular, del puntaje obtenido y la determinacion de los postulantes aptos para la siguiente etapa, debiendo publicarse dicho resultado conforme a lo establecido por el articulo 2º. Articulo 9º.- Evaluacion de Conocimientos 9.1 La evaluacion de conocimientos se realizara en dos etapas: una primera evaluacion de conocimientos generales, con caracter eliminatorio, con un peso del 30% que versara sobre materia tributaria y/o aduanera, incluyendo aspectos del derecho administrativo; y una MORDAZA evaluacion de conocimientos aplicados, con un peso del 70% que esta referido al desarrollo de casos practicos sobre las materias indicadas. 9.2 MORDAZA evaluaciones de conocimientos deben tener un puntaje aprobatorio minimo de setenta (70/100). Solo accederan a la MORDAZA prueba de conocimientos los postulantes que hayan obtenido el indicado puntaje aprobatorio en la primera evaluacion. 9.3 La Comision adoptara las acciones que estime pertinentes a fin de viabilizar la realizacion de la evaluacion de conocimientos, pudiendo contar con los servicios de un tercero especializado en la materia del concurso publico. 9.4 Al dia habil siguiente de realizada cada evaluacion de conocimientos, se publicara los resultados con expresa indicacion del puntaje obtenido de todos los evaluados y la determinacion de los postulantes aptos para la siguiente evaluacion o etapa segun corresponda, conforme a lo establecido por el articulo 2º. Articulo 10º.Competencias Evaluacion Psicologica y de

7.1. Corresponde a la Secretaria Tecnica verificar que las solicitudes de inscripcion cumplan con adjuntar la totalidad de la documentacion solicitada, debiendo dar cuenta de ello a los miembros de la Comision. Para tal efecto, la Secretaria Tecnica elevara a la Comision la relacion de los postulantes que cumplan con los requisitos para su inscripcion, asi como un informe sobre aquellos que no cumplan con dichos requisitos. 7.2. La inscripcion como postulante admitido solo procedera cuando se cumpla con los requisitos senalados en el articulo 5º y se hubiera presentado lo solicitado en el articulo 6º. 7.3. La Comision determinara quienes estuvieran aptos para la inscripcion, estableciendo la lista de los postulantes que hayan sido admitidos, la misma que sera publicada conforme a lo dispuesto en el articulo 2º. 7.4. De comprobarse la existencia de algun impedimento o incumplimiento, o de MORDAZA de documentacion o declaracion falsa, la Comision descalificara al postulante bajo evaluacion, cualquiera sea la etapa en que ello sea detectado, sin perjuicio de poner los hechos en conocimiento del Ministerio Publico, en caso de corresponder. Articulo 8º.- Evaluacion curricular 8.1. Los postulantes admitidos para participar en la evaluacion curricular, presentaran en la Mesa de Partes del Tribunal Fiscal, dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a la publicacion de los postulantes admitidos, la documentacion siguiente: a) MORDAZA del titulo profesional legalizado notarialmente o certificado por el fedatario institucional. El titulo obtenido en el extranjero debe estar reconocido, revalidado o convalidado ante la misma Asamblea o Universidad autorizada, segun corresponda. La formalidad dispuesta en este inciso, es aplicable para acreditar todos los MORDAZA academicos del postulante. b) Hoja de MORDAZA elaborada segun el formato contenido en el Anexo II, debidamente suscrito en la seccion declaracion jurada que se consigna en la parte final de dicho formato. c) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo y aquellos que seran materia de evaluacion conforme al Anexo III. 8.2. La MORDAZA de la totalidad de la documentacion a que se refiere el presente articulo, sera acompanada de un indice, debidamente suscrito por el postulante, que indique la relacion detallada de los documentos que se adjuntan, con expresa indicacion del folio respectivo. La MORDAZA del referido indice, debidamente sellada por la Mesa de Partes del Tribunal Fiscal, constituira el cargo de recepcion que acredite la MORDAZA de la documentacion respectiva. 8.3. La Secretaria Tecnica clasificara las carpetas personales de cada postulante admitido para participar en la evaluacion curricular, las mismas que estaran conformadas por su solicitud de inscripcion al concurso publico de meritos ­ Anexo I, formato de curriculum vitae - Anexo II y documentacion sustentatoria correspondiente, y se las presentara a los miembros de la Comision conjuntamente con el formato contenido en los Anexos III que contiene el detalle de los rubros a ser calificados, asi como los puntajes maximos respectivos. 8.4. La Secretaria Tecnica informara a los miembros de la Comision, los resultados de la verificacion selectiva que, de ser el caso, hubiera realizado respecto de diversos aspectos informados por los postulantes. 8.5. En la evaluacion curricular solo procedera asignar puntaje conforme a la aplicacion de los factores de evaluacion consignados en el Anexo III. Para tal efecto

10.1 La Comision adoptara las acciones que estime pertinentes, a fin de viabilizar la realizacion de la evaluacion Psicologica y de Competencias, pudiendo contar con los servicios de un tercero especializado en estas materias. 10.2 Al dia habil siguiente de culminada la Evaluacion Psicologica y de Competencias, se publicara los resultados con expresa indicacion del puntaje obtenido de todos los evaluados y la determinacion de los postulantes aptos para la siguiente etapa, conforme a lo establecido por el articulo 2º. Articulo 11º.- De la Entrevista Personal 11.1 Las entrevistas se realizaran en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles. 11.2 La Comision realizara la entrevista personal a cada postulante, para lo cual efectuaran las preguntas que estimen convenientes para emitir su calificacion, la misma que se consignara en el formato contenido en el Anexo IV- "Calificacion de entrevista personal", el cual tambien es aplicable para el procedimiento de ratificacion. 11.3 La Comision podra contar con el asesoramiento de un profesional especializado en la materia. 11.4 Al dia habil siguiente de culminada esta etapa, se publicara los resultados con expresa indicacion del puntaje obtenido de todos los evaluados y la determinacion de los postulantes aprobados, conforme a lo establecido por el articulo 2º. Articulo 12º.- Cuadro de meritos 12.1 La Comision elaborara el cuadro de meritos, el cual contendra la relacion de los postulantes seleccionados para la designacion quienes seran los que obtengan el mayor puntaje final conforme al numeral 2.2 del articulo 2º y de acuerdo con el numero de plazas convocadas. 12.2 En el caso de empate en el ultimo puesto del orden de meritos final con que se cubran las plazas vacantes sera seleccionado el postulante que hubiera obtenido la mayor calificacion final en la evaluacion de conocimientos y de continuar dicho empate, la mayor calificacion final en la evaluacion psicologica y de competencias. 12.3 La Comision propondra al Ministro de Economia y Finanzas la relacion de personas seleccionadas para ocupar el cargo de Vocal. 12.4 Corresponde a la Oficina General de Administracion y de Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas, efectuar la publicacion del cuadro de meritos.

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