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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2012 472823 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2012-MEM/DM Lima, 6 de agosto de 2012 Visto el Informe Nº 548 -2012-MEM-DGM/DNM emitido por la Dirección Normativa de Minería y el Informe Nº 061-2012-MEM-DGM/DTM/PAM de la Dirección Técnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identifi cación, elaboración y actualización del inventario de los pasivos ambientales mineros están a cargo del Ministerio de Energía y Minas, a través de su órgano técnico competente; Que, el artículo 6º del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Minería, está facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identifi cación de los pasivos ambientales mineros, la elaboración y actualización del inventario, y la determinación de los responsables de las medidas de remediación ambiental correspondiente; Que, el artículo 7º del reglamento antes citado, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, dispone que el inventario inicial de Pasivos Ambientales Mineros será aprobado mediante resolución ministerial publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, precisa que la Dirección Técnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identifi cación y priorización de los pasivos ambientales mineros, así como para la elaboración y actualización del inventario correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de junio de 2006, se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veintisiete (27) folios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 487-2007- MEM-DM, Nº 079-2008-MEM/DM, Nº 591-2008-MEM/DM, Nº 243-2009-MEM/DM, Nº 246-2009-MEM/DM, Nº 096- 2010-MEM/DM, Nº 371-2010-MEM/DM, Nº 471-2010- MEM/DM, Nº 506-2010-MEM/DM, Nº 267-2011-MEM/DM y Nº 531-2011-MEM/DM, se actualizó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM; Que, la Dirección Técnica Minera ha elaborado el Plan de Manejo de Pasivos Ambientales Mineros que se viene desarrollando a nivel de cuencas hidrográfi cas, aprobado por Resolución Directoral Nº 209-2010-MEM/DGM, el que comprende cuatro fases: • Fase I : Actualización del Inventario Inicial: identifi cación, caracterización y priorización de los pasivos ambientales mineros. • Fase II : Determinación de responsables. • Fase III : Elaboración de estudios de ingeniería de los pasivos ambientales mineros que asuma el Estado. • Fase IV : Obras de remediación; Que, en cuanto a la Fase I, la Dirección Técnica Minera programó una visita de campo de verifi cación de los pasivos ambientales mineros ubicados en la cercanía de la ex unidad minera “El Dorado (Llaucano)”, ubicada en el distrito y provincia de Hualgayoc del departamento de Cajamarca, en la ex unidad minera Otapara y en la ex unidad minera Acarí, ambas ubicadas respectivamente en los distritos de Acarí y Bella Unión, provincia de Caravelí, Región Arequipa; Que, realizada la visita de campo a las citadas ex unidades mineras y desarrollado el correspondiente trabajo en gabinete, la Dirección Técnica Minera ha emitido el Informe Nº 061-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, en el que recomienda incluir en la actualización del inventario a los pasivos ambientales mineros cercanos a las áreas de la ex unidad minera “El Dorado (Llaucano)” en el distrito y provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, con la información indicada en el Anexo Nº 1 del citado informe, así como a los pasivos de las ex unidades mineras “Otapara” y “Acarí”, ubicadas en el distrito de Acarí y Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, con la información indicada en el Anexo Nº 2 del mismo informe; por lo que es necesario actualizar el inventario inicial aprobado por Resolución Ministerial Nº 290-2006- MEM/DM, con la fi nalidad de incluir los mencionados pasivos ambientales mineros; Que, asimismo, se debe considerar en la actualización del inventario inicial la información señalada en el numeral IV del Informe Nº 061-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, referente a la corrección de información en el inventario; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y el artículo 7º del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 003-2009-EM; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Actualizar el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección Técnica Minera en el Informe Nº 061-2012-MEM-DGM/DTM/PAM. Artículo 2º.- Considerar en la actualización del inventario la información señalada en el numeral IV del mencionado informe Nº 061-2012-MEM-DGM/DTM/PAM de la Dirección Técnica Minera. Artículo 3º.- Publicar el inventario actualizado de los pasivos ambientales mineros a nivel nacional en el portal web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 827665-2 INTERIOR Dan por concluida designación de Jefe de la Unidad de Programación de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0647-2012-IN/DGGI Lima, 14 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0366-2010- IN/1501 del 22 de abril de 2010, se designó al señor Carlos Moisés Tito Loja Delgado, en el cargo público de confi anza, Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, como Jefe de la Unidad de Programación de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, la referida resolución fue objeto de precisión a mérito de lo contenido en la Resolución Ministerial Nº 0945-2010-IN/1501 del 13 de setiembre de 2010, en el sentido de reservar la plaza de carrera del indicado servidor mientras dure su designación como funcionario de confi anza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN publicado con fecha 25 de junio de 2012, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio del Interior, el mismo que no contempla dentro de la Estructura Orgánica de la Dirección General de Gobierno Interior a la Unidad de Programación, en consecuencia, resulta pertinente dar por concluida la designación del citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012-IN.