Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

las convocatorias para la contratacion de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el articulo 1° de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2011-SERVIR/PE del 28 de diciembre del 2011 se dispone que el inicio de la vigencia de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE sera a partir del 28 de febrero del 2012; En tal sentido, resulta necesaria la designacion del funcionario que se encargara de remitir las ofertas de empleo al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 276 "Ley de Bases de la MORDAZA administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por D. S. N° 005-90-PCM, la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", la Ley Nº 29812 Ley del Presupuesto para el ano fiscal 2012, y las facultades conferidas por la R.M. N° 114-2001-ED y el D.S. N° 023-2003-ED que redefine la denominacion de la Direccion de Educacion de MORDAZA como Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, en calidad de Titular a partir de la fecha y hasta nueva disposicion al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de la Unidad de Gestion Administrativa y en calidad de alterno, en ausencia del Funcionario Titular, al Lic. WILLMAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Area de Personal, Funcionarios de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana, responsables de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion Directoral Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento del D.S. N° 012-2004-TR. Registrese y Comuniquese, MORDAZA MORDAZA TUPAYACHI MORDAZA Director Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana

Mineros sera aprobado mediante resolucion ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, precisa que la Direccion Tecnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identificacion y priorizacion de los pasivos ambientales mineros, asi como para la elaboracion y actualizacion del inventario correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de junio de 2006, se aprobo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veintisiete (27) folios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 487-2007MEM-DM, Nº 079-2008-MEM/DM, Nº 591-2008-MEM/DM, Nº 243-2009-MEM/DM, Nº 246-2009-MEM/DM, Nº 0962010-MEM/DM, Nº 371-2010-MEM/DM, Nº 471-2010MEM/DM, Nº 506-2010-MEM/DM, Nº 267-2011-MEM/DM y Nº 531-2011-MEM/DM, se actualizo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM; Que, la Direccion Tecnica Minera ha elaborado el Plan de Manejo de Pasivos Ambientales Mineros que se viene desarrollando a nivel de cuencas hidrograficas, aprobado por Resolucion Directoral Nº 209-2010-MEM/DGM, el que comprende cuatro fases: · Fase I : Actualizacion del Inventario Inicial: identificacion, caracterizacion y priorizacion de los pasivos ambientales mineros. · Fase II : Determinacion de responsables. · Fase III : Elaboracion de estudios de ingenieria de los pasivos ambientales mineros que asuma el Estado. · Fase IV : Obras de remediacion;

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ENERGIA Y MINAS
Actualizan el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2012-MEM/DM
MORDAZA, 6 de agosto de 2012 Visto el Informe Nº 556-2012-MEM-DGM/DNM emitido por la Direccion Normativa de Mineria y el Informe Nº 028-2011-MEM-DGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identificacion, elaboracion y actualizacion del inventario de los pasivos ambientales mineros estan a cargo del Ministerio de Energia y Minas, a traves de su organo tecnico competente; Que, el articulo 6º del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion General de Mineria, esta facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identificacion de los pasivos ambientales mineros, la elaboracion y actualizacion del inventario, y la determinacion de los responsables de las medidas de remediacion ambiental correspondiente; Que, el articulo 7º del reglamento MORDAZA citado, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, dispone que el inventario inicial de Pasivos Ambientales

Que, en cuanto a la Fase I, la Direccion Tecnica Minera programo el dia 15 de setiembre de 2011 una visita de MORDAZA de verificacion del pasivo ambiental minero ubicado en la "ex unidad minera Santander" del distrito de MORDAZA MORDAZA de Andamarca de la provincia de MORDAZA en la Region MORDAZA, compuesto por un deposito de relaves denominado "Relavera Santander"; Que, realizada la visita de MORDAZA en la citada ex unidad minera y desarrollado el correspondiente trabajo en gabinete, la Direccion Tecnica Minera ha emitido el Informe Nº 028-2011-MEM-DGM/DTM/PAM, en el que se concluye, entre otros aspectos, que se ha verificado la existencia de un pasivo ambiental minero en la ex unidad minera Santander, compuesto por un deposito de relaves denominado "Relavera Santander", el cual se encuentra dentro de las concesiones mineras SANTANDER Nº 4, SANTANDER NUMERO SIETE, SANTANDER NUMERO DIEZ, SANTANDER C, con los codigos Nº 11000095Y01, Nº 11002650X01, Nº 11002784X01 y Nº 11008192X01, respectivamente, ubicadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima. Que, por tal motivo, en el informe citado en el considerando anterior se recomienda incluir en el inventario inicial de pasivos ambientales mineros el pasivo ubicado en la ex unidad minera Santander, compuesto por un deposito de relaves denominado "Relavera Santander"; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y el articulo 7º del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 003-2009-EM; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Actualizar el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo senalado por la Direccion Tecnica Minera en el Informe Nº 028-2011-MEM-DGM/DTM/PAM. Articulo 2º.- Publicar el inventario actualizado de los pasivos ambientales mineros a nivel nacional en el MORDAZA web del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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