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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (18/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2012 472952 Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2012- IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ampliación de permanencia en el extranjero, para continuar con el tratamiento médico especializado autorizado mediante Resolución Suprema Nº 481-2006-IN/PNP del 14 de diciembre de 2006, al Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro, Aurelio Román HUARAC QUISPE, por un período de SESENTA Y NUEVE (69) días, con efi cacia a partir del 6 de abril al 13 de junio de 2007. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro, Aurelio Román HUARAC QUISPE, la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 54/100 Dólares Americanos (US$ 5,979.54), por concepto de remuneración por tratamiento médico en el extranjero. Artículo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendarios de expedida la presente Resolución Suprema, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 830006-4 Autorizan viaje de personal policial para ejecutar extradición activa de ciudadano colombiano requerido por sala penal de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2012-IN Lima, 17 de agosto de 2012 VISTO, el Mensaje IP BOGOTÁ 03072012 21:56 GMT URGENTE del 3 de julio de 2012, con el cual la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Bogotá - Colombia, comunicó a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que el Gobierno Nacional de la República de Colombia, ha autorizado la extradición del ciudadano José Raúl MÁRQUEZ RESTREPO; consecuentemente solicitaron los nombres de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la República de Colombia hacia nuestro país; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 098-2011-JUS del 4 de mayo de 2011, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano José Raúl MÁRQUEZ RESTREPO, formulada por la Sala Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 290-2012- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 7 de agosto de 2012, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al extranjero del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique FLORES HUANGAL y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, del 18 al 22 de agosto de 2012, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano José Raúl MÁRQUEZ RESTREPO, quien es requerido por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en perjuicio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple N° 267-2012- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 7 de agosto de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique FLORES HUANGAL y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, del 18 al 22 de agosto de 2012, a fi n de que ejecuten tal extradición activa; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, con Declaración Jurada Simple los funcionarios policiales designados para ejecutar la extradición antes mencionada, declararon que los gastos que ocasione su participación en el referido evento, serán asumidos por Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú y por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, comprometiéndose a no realizar ningún trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo N° 047- 20C2-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008- 2000-lN; la Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del