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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473494 Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable. Artículo 3.- Publicación La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 005-2011-PCM/SD-OTME, deberá ser publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: www. pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 834184-1 Aprueban requisitos específicos, indicadores y procedimientos de verificación a aplicarse en la etapa de verificación de transferencia de funciones en materia de micro y pequeña empresa al Gobierno Regional de Lima RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 048-2012-PCM/SD Mirafl ores, 17 de agosto de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 133-2012-PRODUCE/DVMYPE-I y el Informe Nº 010-2012-PCM/SD-LENC, sobre la aprobación de requisitos, indicadores y procedimientos de verifi cación, para ejecutar la etapa de certifi cación del proceso de transferencia de las funciones del Art. 48 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de micro y pequeña empresa - MYPE, al Gobierno Regional de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir, conducir y supervisar el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM y N° 063-2007- PCM; Que, la transferencia a los Gobiernos Regionales de las 18 funciones del artículo 48 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de trabajo, promoción del empleo y la micro y pequeña empresa, fue comprendida en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2006- PCM (12 funciones), y en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM (6 funciones), correspondientes al Ciclo 2007 de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales; Que, desde el año 2006, la transferencia de estas funciones a los Gobiernos Regionales estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, hasta que por efecto de la Ley N° 29271, publicada el 22/10/2008, las funciones en materia de micro y pequeña empresa, que estaban a cargo de dicho ministerio, fueron transferidas al Ministerio de la Producción, el cual asumió la responsabilidad de transferir las funciones en dicha materia a), b), c), d), g), j), n), o), p), q), r), a los Gobiernos Regionales del Callao, Lima y Lima Metropolitana, que estaban pendientes al momento de entrar en vigencia la mencionada ley; Que, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 103-2011-PCM, del 31 de diciembre de 2011, se decreta que el proceso de transferencia de las Funciones, Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Activos y otros organismos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales, programados en los Planes Anuales de Transferencia aprobados hasta el año 2010, que se encuentren pendientes, continuará hasta su formalización, de conformidad a lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización y las directivas aprobadas por la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Ministerio de la Producción, en atención a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 001- 2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, que norma y regula las transferencias de funciones del Ciclo 2007, entre las cuales se encuentran comprendidas las funciones antes mencionadas, ha elaborado una propuesta de requisitos específi cos, indicadores y procedimentos de verifi cación, en coordinación con la Secretaría de Descentralización, para la transferencia de dichas funciones al Gobierno Regional de Lima, según se señala en el Ofi cio Nº 133-2012-PRODUCE/ DVMYPE-I, del 17/07/2012, de la Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, en su calidad de Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia del Sector Producción, los cuales deberán ser aprobados por la norma correspondiente y ser publicados para conocimiento de los actores involucrados (Ministerio de la Producción y el Gobierno Regional de Lima), según lo dispuesto en la normatividad vigente; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29271; los Decretos Supremos Nº 021-2006-PCM, Nº 027- 2007-PCM, Nº 036-2007-PCM, N° 063-2007-PCM y N° 103-2012-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y Nº 003- 2008-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de requisitos específi cos, indicadores y procedimientos de verifi cación Aprobar los requisitos específi cos, indicadores y mecanismos de verifi cación, a aplicarse en la etapa de certifi cación del proceso de transferencia de las funciones a), b), c), d), g), j), n), o), p), q), r), del artículo 48 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de micro y pequeña empresa, al Gobierno Regional de Lima, comprendidas en los planes anuales de transferencia de los años 2006 y 2007, aprobados por los Decretos Supremos Nº 021-2006-PCM y Nº 036- 2007-PCM, respectivamente, los cuales corresponden al Ciclo 2007 de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales; los cuales se encuentran detalladas en Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente resolución. La transferencia de dichas funciones se realizará según el procedimiento simplificado establecido en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003- 2007-PCM/SD. Todo aquello que no esté previsto en la presente resolución, será defi nido de común acuerdo de las partes involucradas en el proceso de transferencia de las funciones materia del presente. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros será el órgano dirimente. Artículo 2º.- Publicación La presente resolución así como el Anexo correspondiente, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página Web de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ – NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización