Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Estadistica e Informatica, Nivel F-2, de la Direccion de Red de Salud MORDAZA El MORDAZA - Lurin MORDAZA - Pucusana de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al Licenciado en Estadistica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Estadistica e Informatica, Nivel F-2, de la Direccion de Red de Salud MORDAZA El MORDAZA - Lurin MORDAZA - Pucusana de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

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Aprueban disposiciones para que profesionales en ciencias de la salud peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero puedan inscribirse como postulantes en el Concurso de Meritos o Sorteo Publico del Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud - SERUMS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 710-2012/MINSA
MORDAZA, 28 de agosto del 2012 VISTO: El Expediente Nº 12-068044-001 y el Expediente Nº 12-068044-002, que contiene el Informe Nº 32-2012-FPQ/ DGRH-DT/MINSA de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de la Constitucion Politica del Peru, establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad; asi como el deber, de contribuir a su promocion y defensa; Que, asimismo, el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru, establece que el Estado determina la politica nacional de salud. El Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion. Es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud, lo que implica la intervencion de este y la sociedad para garantizar el cumplimiento de estos derechos en el MORDAZA del respeto al ser humano, proporcionando a traves de las politicas de Estado, una mejor calidad de MORDAZA para las personas; Que, la Ley Nº 23330, establece el Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud, que tiene por objetivo, brindar atencion integral de la salud a las poblaciones mas vulnerables del MORDAZA y se efectua como una accion complementaria para el cumplimiento de los planes de desarrollo y planes sectoriales de salud; el mismo, que es prestado por los profesionales de las ciencias de la salud, que obtengan su titulo a partir de la vigencia de la MORDAZA y que se constituye en requisito indispensable para ocupar cargos en entidades publicas, ingresar a los programas de MORDAZA especializacion profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda para estudios o perfeccionamiento; Que, estando a los alcances del articulo 55º de la Ley de Extranjeria, aprobada por Decreto Legislativo Nº 703, los extranjeros en territorio de la republica tienen los mismos derechos y obligaciones que los peruanos nacionales, con las excepciones que establecen la Constitucion del Estado, la referida Ley y demas disposiciones legales de la Republica; en tal sentido, a estos, que MORDAZA profesionales de la salud, que deseen ocupar cargos en entidades publicas, ingresar a los programas de MORDAZA especializacion profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda para estudios o perfeccionamiento, les resulta exigible la realizacion del SERUMS; Que, debido a multiples condiciones un numero importante de estudiantes y profesionales peruanos migraron al exterior

donde, entre otras, han desarrollado carreras profesionales de ciencias de la salud; sin embargo, el crecimiento economico y las MORDAZA mejoras en las cifras macroeconomicas que ha presentado el Peru, hacen viable las circunstancias para su retorno y poder participar en el desarrollo economico y social del MORDAZA, ello en el MORDAZA de la Politica para revincular a los peruanos en el exterior; Que, en dicho contexto, la Organizacion Internacional de Migraciones senala que para que una politica de retorno pueda tener exito, debe incluir diversos factores, entre los cuales destaca la facilitacion de la reintegracion economica, social y cultural y Alianzas y colaboracion en la instrumentacion del retorno; Que, el Ministerio de Salud, a traves de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos ­ DGGDRH, asume la Gestion de Capacidades y del Trabajo en Salud para el Sistema Nacional de Salud; que refiere, conducir la planificacion estrategica de la dotacion de recursos humanos para el Sistema Nacional de Salud, en funcion de las necesidades del MORDAZA, lo cual implica desarrollar a su interior, una serie de articulaciones y procesos que se enmarcan en la consecucion y cumplimiento de los objetivos funcionales, dentro de los cuales, se incluye el Servicio Rural y MORDAZA Marginal en Salud - SERUMS; Que, atendiendo las necesidades del MORDAZA, expresadas en la obligacion del Estado de brindar atencion de salud a las poblaciones mas vulnerables del mismo y el compromiso social existente de los peruanos y extranjeros que desean ocupar cargos en entidades publicas, ingresar a los programas de MORDAZA especializacion profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda para estudios o perfeccionamiento, resulta necesario aprobar las disposiciones que permitan a los profesionales de ciencias de la salud peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero, en razon de que la procedencia de sus centros de estudios es el extranjero; por lo que es pertinente, aprobar una disposicion complementaria que establezca el procedimiento para dicho proceso; Que, el articulo 24º del Reglamento de la Ley Nº 23330 del Servicio Rural y MORDAZA Marginal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-97-SA, en relacion a las sedes de inscripciones de los postulantes al SERUMS, no precisa sobre las inscripciones en dicho MORDAZA para los profesionales peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero, en carreras profesionales de ciencias de la salud, en razon de que la procedencia de sus centros de estudios es del extranjero; por lo que es pertinente precisar las sedes de inscripcion para dicho proceso; Que, el articulo 3º del precitado Reglamento establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran sus disposiciones complementarias y sus modificaciones; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud ­ SERUMS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer que los profesionales en ciencias de la salud peruanos o no peruanos que hayan obtenido titulo profesional o de MORDAZA especializacion en el extranjero y que hayan cumplido con presentar el titulo revalidado, acreditar colegiatura del Colegio Profesional respectivo, Resolucion de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores y estar registrados en la Oficina Ejecutiva de Personal del Ministerio de Salud, Region de Salud o Subregion de Salud correspondiente; podran inscribirse como postulantes en el Concurso de Meritos o Sorteo Publico del Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud - SERUMS, en cualquier Sede de adjudicacion del MORDAZA, independientemente del lugar de revalidacion o reconocimiento del titulo profesional; para lo cual, la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, programara la oferta de plazas para cada proceso. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, cualquier disposicion que se oponga al cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion

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