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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (29/08/2012)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473505 De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Autorización Autorícese al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo “A” de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para atender las distintas demandas de las Federaciones Nacionales Deportivas, el Comité Olímpico Peruano y afrontar la organización de los “I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”. Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente artículo se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, y se publican en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob. pe) en la misma fecha de publicación ofi cial del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente dispositivo se fi nanciarán con los recursos asignados al Instituto Peruano del Deporte, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de su Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2012. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de subvenciones adicionales a los que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Educación Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 834506-2 ENERGIA Y MINAS Imponen servidumbre de electroducto para línea de transmisión a favor de concesión definitiva de transmisión de la que es titular Tacna Solar S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 397-2012-MEM/DM Lima, 22 de agosto de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 21222112 presentado por Tacna Solar S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12450330 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de imposición de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión de 66 kV Planta de Generación Solar Tacna Solar 20 TS – SE Los Héroes; CONSIDERANDO: Que, Tacna Solar S.A.C., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 66 kV Planta de Generación Solar Tacna Solar 20 TS – SE Los Héroes, en mérito de la Resolución Suprema N° 025- 2012-EM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 09 de febrero de 2012, solicitó la imposición de la servidumbre de electroducto para dicha línea de transmisión, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tacna, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la Línea de Transmisión de 66 kV Planta de Generación Solar Tacna Solar 20 TS – SE Los Héroes recorre por terrenos de propiedad del Estado; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o Municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe Nº 333-2012-DGE-DCE recomendando la imposición de la citada servidumbre; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión defi nitiva de transmisión de la que es titular Tacna Solar S.A.C., la servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión de 66 kV Planta de Generación Solar Tacna Solar 20 TS – SE Los Héroes, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tacna, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Inicio y llegada de la línea eléctrica Nivel de tensión ( kV ) N° de ternas Longitud (km) Ancho de la faja de servidumbre ( m ) 21222112 Planta de Generación Solar Tacna Solar 20 TS – SE Los Héroes 66 01 1,60 16 Artículo 2º.- Dentro de la franja de servidumbre, los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Tacna Solar S.A.C., deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Tacna Solar S.A.C., deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolución no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 832644-1 Declaran en Situación Excepcional parte de la Zona Centro Norte del SEIN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2012-MEM/DM Lima, 27 de agosto de 2012