Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (29/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473497 Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, sus planes anuales de transferencia; Que, el literal b. del numeral 11.3 de la parte 11 de la Directiva N° 05-CND-P-2005, denominado Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 081- CND-P-2005; dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado al Consejo Nacional de Descentralización, actualmente Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a más tardar el último día del mes de febrero de cada año; Que, de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modifi cado por Decreto Supremo N° 057-2008-PCM, la Secretaría de Descentralización es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, actuando como organismo de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; Que, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia 2012 de conformidad con el Ofi cio Múltiple N° 032-2012-PCM/SD del Secretario de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Informe N° 0007-2012-AG-OAER/AD formulado en el Área de Descentralización de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional del Ministerio de Agricultura. De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2012 del Ministerio de Agricultura, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- El Plan Anual de Transferencia Sectorial 2012 del Ministerio de Agricultura, aprobado en el artículo 1°, será publicado en el Portal Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Artículo 3º.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, copia de la presente Resolución Ministerial y el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2012 del Ministerio de Agricultura que se aprueba. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 833741-1 Encargan funciones de la Administración Local de Agua Alto Apurímac - Velille RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 336-2012-ANA Lima, 24 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N°648-2010-ANA, actualizada con Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Alto Apurímac - Velille, al ingeniero Omar Velásquez Figueroa; Que, el citado funcionario hará uso de su descanso físico vacacional del 03 al 09 de Setiembre de 2012, siendo necesario cubrir su ausencia, a fi n que el normal desarrollo de órgano desconcentrado antes mencionado no se vea afectado; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente, encargar las funciones de la Administración Local de Agua Alto Apurímac - Velille, al ingeniero Diomedes Alejandro Junes Cornejo, profesional de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios Nº 0505-ANA-2010; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar, a partir del 03 hasta el 09 de Setiembre de 2012, al ingeniero DIOMEDES ALEJANDRO JUNES CORNEJO, las funciones de la Administración Local de Agua Alto Apurímac - Velille, con ocasión del descanso físico vacacional del ingeniero Omar Velásquez Figueroa. Artículo Segundo.- Precisase, que el encargo a que se refi ere el artículo precedente, se realiza en adición a las funciones correspondientes al Contrato Administrativo de Servicios Nº 0505-ANA-2010, suscrito con el ingeniero DIOMEDES ALEJANDRO JUNES CORNEJO. Regístrese, comuníquese y publíquese, HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 834372-1 AMBIENTE Aprueban el Plan de Recuperación Ambiental de la Bahía El Ferrol, elaborado por la Comisión Técnica Multisectorial de Alto Nivel, constituida mediante D.S. Nº 005-2002-PE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2012-MINAM Lima, 28 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 22) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-PE, se declaró de interés nacional la solución integral de los problemas de contaminación y destrucción de la Bahía El Ferrol, ubicada en la provincia del Santa, departamento de Ancash, constituyéndose la Comisión Técnica Multisectorial de Alto Nivel, encargada de proponer el Plan de Recuperación Ambiental de la Bahía El Ferrol; Que, la citada Comisión Multisectorial ha cumplido con entregar su Informe Final con la correspondiente propuesta de Plan de Recuperación Ambiental, en el cual se incluyen las principales acciones en materia legal y administrativa que se recomienda realizar a corto, mediano y largo plazo, a fi n de lograr la recuperación ambiental de la citada Bahía y su área de infl uencia; Que, el mencionado Plan fue distribuido entre las entidades con competencias ambientales respecto a la Bahía El Ferrol y su ámbito de infl uencia, no habiéndose formulado observaciones; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 55º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la Autoridad