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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (29/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473508 Debiéndose suscribir el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador José Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 834506-8 Aprueban número de vacantes, por categoría, para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2012-RE Lima, 28 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 41° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la Comisión de Personal, propone anualmente el número de vacantes de las categorías a las que podrán ser promovidos los miembros del Servicio en situación de actividad, que cumplan con los requisitos señalados en dicha ley; Que, asimismo, la mencionada norma establece que las vacantes serán fi jadas proporcionalmente de acuerdo a las necesidades del Servicio y serán publicadas treinta (30) días antes del inicio del proceso anual de promoción; Que, el artículo 121° del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, precisa que las vacantes serán aprobadas por Resolución Suprema; Que, en virtud a lo aprobado por la Comisión de Personal en su Cuarta Reunión realizada el 25 de julio último, se acordó proponer al señor Ministro el número de vacantes por cada categoría para el proceso de promoción del año 2012; De conformidad con Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República modifi cada por la Ley N° 29318, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el número de vacantes, por categoría, para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 01 de enero de 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Para la categoría de: Número de Vacantes: • Embajador 04 • Ministro 10 • Ministro Consejero 15 • Consejero 19 • Primer Secretario 16 • Segundo Secretario 15 Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 834509-2