Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

dejados sin efecto a excepcion del interes propio del fraccionamiento, el cual es equivalente al 80% de la TIM vigente. El incumplimiento total o parcial de 2 (dos) de las cuotas consecutivas pactadas, MORDAZA lugar a la perdida del fraccionamiento iniciandose la cobranza coactiva de la misma. Las condiciones de fraccionamiento senaladas en los parrafos precedentes son de aplicacion exclusiva a la regularizacion de deudas tributarias que se acojan a la presente ordenanza, mientras dure su vigencia. Todos los demas casos, continuaran rigiendose por el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, aprobado mediante ordenanza Nº 179MDSM. Articulo 6º.- PAGO EFECTUADO No seran objeto de devolucion, los pagos que se hubieran realizado al contado o en forma fraccionada, de las obligaciones mas los intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza. Articulo 7º.- QUIEBRE DE VALORES Y SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA. La regularizacion de la deuda tributaria bajo los alcances de la presente ordenanza, MORDAZA lugar a dejar sin efecto los valores emitidos a la fecha por los conceptos regularizados y a la suspension de los procedimientos de cobranza coactiva que se sigan al respecto, siempre y cuando se MORDAZA realizado el pago total de la deuda. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a la Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Imagen Institucional y a las Subgerencias de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones y Tesoreria, el cumplimiento de la presente norma. Segunda.- PRECISAR que cuando la ordenanza Nº 179-MDSM aluda al contrato de fraccionamiento debera entenderse como alusion al convenio de fraccionamiento. Tercera.- FACULTAR al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma, de ser el caso. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 872990-1

Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordantes con lo previsto en el articulo II del titulo preliminar de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal mediante ordenanza Nº 230-MDSM aprueba el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ano fiscal 2013 en el distrito de San MORDAZA, estableciendo un cronograma de fases y actividades; Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina porque se aplique taxativamente el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, que le atribuye al comite de vigilancia como funcion distintiva efectivamente la de VIGILAR el MORDAZA participativo, por consiguiente corresponde modificar los articulos 11º y 20º numerales 20.1 y 20.2 literales a), b), c), d) y e) de la ordenanza Nº 230-MDSM, respecto de la alusion a la funcion observar cuando debe decir vigilar; Que, el articulo 42º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal, en coherencia con ello, la ordenanza promulgada dispone en su MORDAZA disposicion complementaria que se autoriza al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia expida las disposiciones que MORDAZA necesarias para modificar, precisar o desarrollar el presente reglamento, asi como todo lo no previsto en el mismo; Que, estando a lo expuesto y con cargo a dar cuenta al concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el articulo 20º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR los articulos 11º y 20º de la ordenanza Nº 230-MDSM, que aprueba el Reglamento del MORDAZA del presupuesto participativo basado en resultados para el ano fiscal 2013 en el Distrito de San MORDAZA, que quedase redactados como siguen: "Articulo 11º .- Comite de Vigilancia Durante el MORDAZA del Presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. b) Informar al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinacion Local Distrital el incumplimiento de los acuerdos. Articulo 20º .- Mecanismos de Vigilancia 20.1 El Comite de Vigilancia El Comite de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del MORDAZA participativo. Es elegido por los agentes participantes en el Taller de Priorizacion y Formalizacion de Acuerdos y esta conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido por el Concejo Municipal de San Miguel. Para ser elegido miembro del Comite de Vigilancia se requiere ser agente participante representante de una organizacion social de base o institucion privada del distrito de San MORDAZA, radicar en este distrito y no haber sido condenado por delitos o faltas. 20.2 Funciones del Comite de Vigilancia a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. b) Vigilar que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA cuente con un cronograma aprobado de ejecucion de

Modifican la Ordenanza Nº 230-MDSM que aprueba el Reglamento del MORDAZA del presupuesto participativo basado en resultados para el ano fiscal 2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2012-MDSM San MORDAZA, 28 de noviembre del 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el memorando Nº 687-2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 4772012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos y el informe Nº 1157-2012-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley

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