Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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TITULO VIII DEL DESTINO DE LOS RECURSOS RECAUDADOS
Articulo 20º.- Los fondos que se generen por concepto del uso de la infraestructura del sistema seran destinados en el siguiente orden prioritario. a. Mantenimiento y sostenimiento de las areas verdes. b. Mantenimiento de la infraestructura del Sistema y elementos que lo componen. c. Equipamiento y materiales necesarios para el trabajo de recreacion y deporte. d. Promocion de la recreacion y deporte. Articulo 21º.- Del uso de la infraestructura deportiva Se otorgara preferencia de uso de la infraestructura del sistema a los ninos, ninas, adolescentes, personas con capacidades diferentes y personas adultas mayores. Las organizaciones, instituciones publicas o privadas que MORDAZA uso de la infraestructura del sistema, firmaran un Convenio con el Comite de Promocion, siempre y cuando no contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza.

y Presupuesto, Sub Gerencia de Informatica y Estadistica, Sub Gerencia de Comunicacion Municipal, la difusion y cumplimiento de la presente ordenanza. Cuarta.- Crease el Registro de Comites de Promocion. Quinta.- Las Tasas por tramite de reconocimiento y registro de los Comites de Promocion y por la inscripcion de actos posteriores, seran las mismas a las establecidas en la Ordenanza Nº 262-C/MC. Sexta.- Autorizar al Sr. MORDAZA para que mediante Resolucion de Alcaldia delegue al Gerente de Participacion Ciudadana y Desarrollo Comunal, el registro y acreditacion de los Comites de Promocion.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Deroguese la Ordenanza 336-MDC y, toda disposicion que contravenga la presente Ordenanza. Segunda.- Autorizar al Sr. MORDAZA para que a traves de Decreto de Alcaldia proceda a la reglamentacion de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

TITULO IX DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES
Articulo 22º.- Los miembros del Comite de Promocion que contravengan las disposiciones del Convenio suscrito, asi como la presente Ordenanza, seran sancionadas con multa. El infractor, segun el caso, aparte de la multa, ademas debera indemnizar los danos y perjuicios ocasionados. Si el caso fuera grave, la Procuraduria Municipal formulara la accion legal correspondiente. Articulo 23º.- Las infracciones y sus correspondientes sanciones son las siguientes: a. Por actuar negligentemente y no mantener adecuadamente las instalaciones deportivas ocasionando su deterioro: 20% de la UIT vigente. b. Por no respetar el horario establecido al usar las instalaciones deportivas: 10% de la UIT vigente. c. Por permitir la venta y el consumo de bebidas alcoholicas dentro de la infraestructura del sistema y/o realizar actos renidos contra las buenas costumbres: 25% de la UIT vigente. d. Colocar objetos extranos que deterioren e impidan el uso de la Infraestructura del Sistema: 20% de la UIT vigente. Articulo 24º.- En caso de reincidencia o de no pagarse la multa correspondiente, la Municipalidad resolvera el Convenio suscrito con el Comite de Promocion y el Comite Municipal asumira la administracion de la infraestructura del sistema, procediendose de acuerdo a lo prescrito por el ultimo parrafo del articulo 16º. Articulo 25º.- Incorporese en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad las infracciones y sanciones establecidas en el Articulo 23º de la presente Ordenanza.

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Habilitacion MORDAZA Nueva de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE UNIDAD Nº 001-2012-MSB-GM-GDU-UOP
San MORDAZA, 6 de agosto de 2012 LA JEFA DE LA UNIDAD DE OBRAS PRIVADAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA; VISTO: El Expediente Nº 3251-2011, de fecha 27 de MORDAZA de 2011, mediante el cual la empresa Terminal Terrestre ICA S.A.C., debidamente presentada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Licencia de Habilitacion MORDAZA, en la modalidad C, para el predio ubicado en la Av. Circunvalacion, Mz. N-2, Lt. 14, del distrito de San MORDAZA, con un area de terreno de 4,528.27m2. CONSIDERANDO: Que, mediante expediente Nº 3251-2011, de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se solicita la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva del predio ubicado en la Av. Circunvalacion, Mz. N-2, Lt. 14, del distrito de San MORDAZA, con 4,528.27m2 de area, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2, del articulo Nº 10, de la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada y complementada por la Ley Nº 29476, del D.S. Nº 003-2010VIVIENDA, numeral 1, del Articulo Nº 17, que modifica el D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA, Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion. Que, de acuerdo a lo indicado en el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 362-2011-MML-GDU-SPHU, de fecha 05 de MORDAZA de 2011, emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se verifica que el terreno materia del presente procedimiento se encuentra zonificado con el uso Residencial de Densidad Alta ­ RDA ­ Comercio Zonal ­ CZ, de acuerdo a la Ordenanza Nº 1063-MML, que aprueba el reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana. Que, mediante Informe de Titularidad Nº 116-2011MSB-GM-GDU-UOP/jacv, de fecha 28 de MORDAZA de 2011, se acredita la titularidad del predio a favor de la empresa Terminal Terrestre Ica S.A.C., segun el asiento C00003, del

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS
Primera.- Aquellas Organizaciones Sociales que tienen la administracion de la infraestructura del Sistema, con o sin autorizacion Municipal, deberan adecuar su situacion participando en las elecciones para elegir al MORDAZA Comite en un plazo MORDAZA de dos (02) meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza; en caso de incumplimiento de adecuacion el Comite Municipal asumira la administracion directa y promovera la eleccion del MORDAZA Comite de acuerdo a la presente Ordenanza. Segunda.- En un plazo no mayor de 30 dias a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, el Comite Municipal sera el encargado de emitir un informe sobre la calificacion de la infraestructura del Sistema, para lo cual dicho comite creara la base de datos de las infraestructuras deportivas. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion, Gerencia de Participacion Ciudadana y Desarrollo Comunal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, Gerencia de Planificacion

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