Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo Sexto: OFICIAR con la presente Resolucion de Unidad, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al Servicio de Parques ­ SERPAR, a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA - EMILIMA S.A. Y al Ministerio de Educacion. Articulo Septimo: HACER DE CONOCIMIENTO de la presente Resolucion de Unidad, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a la Gerencia de Desarrollo Economico de la MORDAZA y Cooperacion Tecnica, a la Unidad de Obras Publica e Infraestructura Menor, y a la Gerencia de Fiscalizacion y Autorizaciones, para los fines pertinentes, de acuerdo a sus competencias. Articulo Octavo: DISPONER la publicacion de la presente Resolucion de Unidad en el Diario Oficial EL Peruano, a cargo de la empresa administrada, propietaria del predio objeto de Habilitacion MORDAZA, en un plazo no mayor de 30 dias calendario, contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Noveno: DISPONER se notifique a la empresa administrada la presente Resolucion de Unidad, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Jefe de la Unidad de Obras Privadas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Disponen que a partir de agosto de 2013 sera exigible la aplicacion de la Certificacion anual sobre gases contaminantes que establece la Ordenanza Nº 217-2012/MDSJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 31-2012-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 30 de octubre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 019-2012-HMGR-SGTTSV-GDU-MDSJM de fecha 16 de octubre del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, el Memorandum Nº 943-2012-GDU-MDSJM de fecha 17 de octubre del 2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Memorandum Nº 4722012-SGTTSV-GDU-MDSJM de fecha 15 de octubre del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, el Informe Nº 731-2012-GAJ-MDSJM de fecha 29 de octubre del 2012 la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, al respecto, cabe resaltar que segun lo establecido en el articulo 100 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad aprobado con Ordenanza Nº 211-2011-MDSJM de fecha 27 de diciembre del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de febrero del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial tiene dentro de sus funciones: c) "Planificar, dirigir y controlar el MORDAZA de ordenamiento del transporte, MORDAZA y seguridad vial en la jurisdiccion". Que, con fecha 06 de MORDAZA del 2012 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 217-2012 SGTTSV-GDU-MDSJM la misma que aprobo el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores.

Que, con Informe Nº 019-2012-HMGR-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 16 de octubre del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, informa que si bien es MORDAZA que la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM en su articulo 38 describe que: "Los vehiculos menores deberan pasar periodicamente en forma anual, el examen de gases contaminantes en una entidad certificadora", se debe mencionar que la unica entidad que brinda certificados de emision de gases para vehiculo menor en el MORDAZA Sur se encuentra ubicado en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, por lo que al estar alejado del distrito de San MORDAZA de Miraflores, repercute en los vehiculos menores autorizados en esta jurisdiccion al momento de trasladarse al distrito en mencion, necesariamente deben circular por vias de caracter metropolitano, los cuales estan definidos en la Ordenanza Nº 341-2001-MML, el cual aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, y la infraccion de acuerdo al Reglamento de MORDAZA, el cual fue aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC es la G-10 que senala: "Incumplir las disposiciones sobre el uso de las vias de MORDAZA rapido y/o de acceso restringido". Que, con Memorandum Nº 943-2012-GDU-MDSJM de fecha 17 de octubre del 2012 la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, informa que la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre ­ Ley Nº 27181 Articulo 3º establece que la accion en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto, asimismo en el articulo 18º de la Ley en mencion, dispone que es competencia de la Municipalidad Distrital la Regularizacion del Transporte Menor. Que, con Memorandum Nº 472-2012-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 15 de octubre del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, informa que estando a lo expuesto en el Informe Nº 019-2012-HMGR-SGTTSVGDU-MDSJM de fecha 16 de octubre del 2012, se requiere se emita un Decreto de Alcaldia para la correcta aplicacion del articulo 38º de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM y teniendo en cuenta lo establecido en las Disposiciones Finales y Transitorias de la Ordenanza, la misma que senala: "Facultese al MORDAZA para que Mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza". Que, mediante Informe Nº 731-2012-GAJ-MDSJM de fecha 29 de octubre del 2012 la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es viable legalmente el proyecto de Decreto de Alcaldia que dispone que sera exigible a partir del 01 de agosto del ano 2013 la aplicacion de la certificacion anual sobre gases contaminantes a que se refiere el articulo 38 de la Ordenanza 217-2012-MDSJM. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Segun lo establecido en el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, una de las atribuciones del MORDAZA es: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas." Que, estando a lo expuesto del Informe Nº 731-2012GAJ-MDSJM de fecha 29 de octubre del 2012, de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, asi como en aplicacion de la Novena Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal 217­2012/MDSJM, DECRETA: Articulo Primero.- SE DISPONE, que sera exigible a partir del 01 de Agosto del ano 2013, la aplicacion de la Certificacion anual sobre gases contaminantes que refiere el Articulo 38º de la Ordenanza 217­2012/MDSJM. Articulo Segundo.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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