Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

y los servicios ambientales, y que permitira la toma de decisiones para la conservacion y aprovechamiento sostenible del patrimonio natural de la nacion; Que, mediante Ley Nº 29763 del 22 de MORDAZA de 2011 se aprobo la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, que en su Disposicion Complementaria Modificatoria unica deroga la Ley 27308, sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias; y las normas que se opongan a esta Ley; ademas en su articulo 4º indica que el "Patrimonio Forestal esta constituido por los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetacion silvestre; los recursos forestales y de fauna MORDAZA mantenidos en su fuente; la diversidad biologica forestal y de fauna MORDAZA, incluyendo sus recursos geneticos asociados; los bosques plantados en tierras del Estado; los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetacion silvestre; las tierras de capacidad de uso mayor forestal y tierras de capacidad de uso mayor para proteccion, con bosques o sin ellos; los paisajes de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetacion MORDAZA en tanto MORDAZA objeto de aprovechamiento economico"; Que, los Paramos y los Bosques Andinos forman parte del Patrimonio de la Nacion y merecen una especial atencion, por cuanto ambos ecosistemas junto a los Bosques Secos son considerados como Ecosistemas Fragiles, mas aun si se tiene en cuenta que de acuerdo a la Evaluacion del Potencial Forestal realizada en el MORDAZA de Zonificacion Ecologica Economica, el 51.17% de la superficie departamental esta cubierta por bosques: 97.20% bosques secos y 2.77% bosques humedos montanos. Asimismo, se indica que del total de superficie de bosques, para el 61.87% se recomienda su uso como de conservacion y proteccion y para el 26.35% se recomienda manejo forestal, por cuanto el Bosque Seco se habria reducido considerablemente, lo cual ha ocasionado el incremento de las tasas de deforestacion; por lo que es necesario reorientar la implementacion y funcionamiento del Programa NORBOSQUE MORDAZA, atendiendo a la necesidad de promover la conservacion y el aprovechamiento sostenible del recurso forestal del Departamento de MORDAZA en el MORDAZA de las Politicas Nacionales y Regionales en materia de Bosques; Que, con Informe Nº 042-2012/GRP-450300 de fecha 02 de Agosto 2012, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, se recomienda que es necesaria la derogacion de la Ordenanza Regional que creo el Programa Regional NORBOSQUE MORDAZA, asi como del documento constitutivo que lo respalda, adecuandolo a la normatividad e institucionalidad nacional y regional actual; opinion ratificada por la Oficina Regional de Asesoria Juridica con Informe Nº 1586-2012/GRP-460000 del 12 de octubre de 2012, e Informe Nº 043-2012/GRP200010-ACCR del 06 de noviembre de 2012, del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 21 - 2012, de fecha 12 de noviembre del 2012, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

Presupuesto y Acondicionamiento Territorial gestionar la asignacion presupuestaria anual correspondiente, para la implementacion del mismo. Articulo Cuarto.- Encarguese, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, bajo responsabilidad, dar cuenta al Consejo Regional cada seis (6) meses de las acciones desarrolladas por el Programa Regional de Conservacion y Aprovechamiento Sostenible del Patrimonio Forestal del Departamento de MORDAZA ­ NORBOSQUE Piura. Articulo Quinto.- Deroguese la Ordenanza Regional Nº 130-2007/GRP-CR del 08 de setiembre de 2007 que creo el "Programa Regional de Manejo Sostenible de los Bosques Secos ­ NORBOSQUE". Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA GARUFI MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente

873708-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Regulan la autorizacion para la realizacion de actividades sociales en el distrito
ORDENANZA Nº 222-MDCH
Chorrillos, 24 de Noviembre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de fecha 24 de noviembre del 2012; y, CONSIDERANDO Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de reforma constitucional Nº 27680, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Articulo 79º inciso 3 Funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en el numeral 3.6 establece como tales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, asi como realizar la fiscalizacion y control de actividades que puedan afectar la tranquilidad de los vecinos en concordancia con el Articulo 80º inciso 3 numeral 3.4 de fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente.

ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA REGIONAL DE CONSERVACION Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DEL PATRIMONIO FORESTAL ­ NORBOSQUE MORDAZA
Articulo Primero.- Crease el Programa Regional de Conservacion y Aprovechamiento Sostenible del Patrimonio Forestal del Departamento de MORDAZA ­ NORBOSQUE MORDAZA, adscrito a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, cuyos Lineamientos adjuntos son parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Transfierase, las acciones realizadas, bienes, actuados, proyectos, productos, acervo documentario, y otros, del Programa Regional de Manejo Sostenible de los Bosques Secos ­ NORBOSQUE, al Programa Regional de Conservacion y Aprovechamiento Sostenible del Patrimonio Forestal del Departamento de MORDAZA ­ NORBOSQUE MORDAZA, creado con la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- Encarguese, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, en coordinacion con la Oficina Regional de Administracion, la conformacion de una comision que realice la liquidacion de los proyectos trabajados por el Programa Regional de Manejo Sostenible de los Bosques Secos ­ NORBOSQUE"; y a la Gerencia Regional de Planeamiento,

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