Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012 480088 en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 51º del referido texto legal, que señala los requisitos documentales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2995-2011- MTC/15 de fecha 10 de agosto de 2011, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR EIRL, con RUC Nº 20490250922 y con domicilio en Av. Tomas Tuyrutupac Nº 2020, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 094692 de fecha 03 de agosto de 2012, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I, así como el incremento de su fl ota vehicular, para lo cual propone al vehículo con placa de rodaje Nº X1T-619; Que, mediante Ofi cio Nº 6025-2012-MTC/15.03 de fecha 22 de agosto de 2012, notifi cado el 27 de agosto del presente año, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, siendo respondida mediante Parte Diario Nº 114004 de fecha 14 de setiembre de 2012; Que, El numeral 43.2 del artículo 43º concordado con el literal d) del artículo 51º de El Reglamento establece los requisitos en Recursos Humanos con las que debe contar La Escuela en cuanto a la plana docente; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III y Clase B categoría II-c, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos, indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 201-2012-MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR EIRL, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante la Resolución Directoral Nº 2995-2011-MTC/15, así como el incremento de su Flota Vehicular, incorporando al vehículo siguiente: FLOTA VEHICULAR: Nº Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 TOYOTA SUCCEED (STAT. WAGON) (M1) NCP550063616 1NZA586438 2008 X1T-619 Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR EIRL, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 857983-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo de Planificación, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 407-2012-J-OPE/INS Lima, 3 de diciembre de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 436-2012-DG-OGAT/INS del 23 de noviembre de 2012, emitido por el Director General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Técnica; el Informe Nº 1278-2012- OEP-OGA/INS de fecha 29 de noviembre de 2012, formulado por la Ofi cina Ejecutiva de Personal, y el Informe Nº 285-2012- DG-OGAJ/INS de fecha 30 de noviembre de 2012, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respecto a la renuncia del Gerente Público, Jim Orlando Carrera Yalán, al cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Jefatural Nº 188-2010-J-OPE/ INS, publicado el 03 de Agosto de 2010, se designó a partir del 02 de agosto de 2010, al señor Jim Orlando Carrera Yalán, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director Ejecutivo de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud, por el periodo de 3 años; Que, mediante carta de fecha 16 de noviembre de 2012, el Gerente Público, señor Jim Orlando Carrera Yalán, presentó su carta de renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones del Instituto Nacional de Salud, ante el Jefe Institucional, por motivos personales; Que, mediante el Memorando Nº 436-2012-DG-OGAT/ INS del 23 de noviembre de 2012, el Director General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Técnica, remite a la Ofi cina Ejecutiva de Personal la referida renuncia para su trámite correspondiente; Que, por Informe Nº 1278-2012-OEP-OGA/INS de fecha 29 de noviembre de 2012, la Ofi cina Ejecutiva de Personal se pronuncia respecto a la mencionada renuncia; Que, mediante Informe Nº 285-2012-DG-OGAJ/INS de fecha 30 de noviembre de 2012, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, opina que corresponde aceptar la renuncia formulada por el citado funcionario; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir el correspondiente acto, mediante el cual se acepta la renuncia