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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012 480093 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidas designaciones y designan fiscales en los Distritos Judiciales de Lima y Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3159 -2012-MP-FN Lima, 4 de diciembre del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor JUAN HECTOR DE LA CRUZ AGUILAR, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución N°1107-2008-MP-FN, de fecha 20 de agosto del 2008. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor EDUARDO MARTIN EGUSQUIZA CASTRO, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima, materia de la Resolución N°1996-2012-MP-FN, de fecha 06 de agosto del 2012. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor JUAN HECTOR DE LA CRUZ AGUILAR, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor EDUARDO MARTIN EGUSQUIZA CASTRO, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 874364-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3160-2012-MP-FN Lima, 4 de diciembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 4097-2012-MP-PJFS-AMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor SILVERIO NOLASCO ÑOPE COSCO, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de Amazonas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 874364-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza que crea el Programa Regional de conservación y Aprovechamiento Sostenible del Patrimonio Forestal - NORBOSQUE PIURA ORDENANZA REGIONAL Nº 249-2012/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el inciso i), que son funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o áreas protegidas; Que, el artículo 85º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, señala en el numeral 85, literal 1), que el Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los límites y principios expresados en la presente Ley y normatividad aplicables; Que, con fecha 08 de setiembre de 2012, se aprobó la Ordenanza Regional Nº 130-2007/GRP-CR, creando el Programa Regional de Manejo Sostenible de los Bosques Secos - NORBOSQUE -PIURA, adscrito a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Piura, con el objeto de “promover, gestionar, coordinar y desarrollar proyectos para el mejoramiento del ecosistema Bosque Seco y de la calidad de vida de los pobladores, impulsando la creación de centros pilotos sobre la base de pequeñas microempresas- ; con Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM del 23 de mayo de 2009 se aprobó la Política Nacional Ambiental, en la cual se establecen los lineamientos de política en relación a los bosques, indicando entre otros, que se debe impulsar la gestión sostenible e integrada de los bosques, considerando las características ecosistémicas de cada una de las regiones naturales del país; y privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque, apoyando iniciativas respecto de los recursos maderables y no maderables, fauna silvestre y servicios ambientales; Que, en Diciembre 2010, el Ministerio del Ambiente publica el Mapa del Patrimonio Forestal, indicando que el Patrimonio Forestal forma parte del Patrimonio Natural; la Política Nacional del Ambiente y la Ley General del Ambiente establecen lineamientos para su adecuada gestión. Así mismo, que la información contenida en el mapa facilitará la implementación de los lineamientos de la Política Nacional del Ambiente, tales como: la gestión sostenible e integrada de los bosques, las acciones para prevenir la reducción y degradación de los recursos forestales, la conservación e incremento de la cobertura boscosa, la diversidad biológica