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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480825 Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del Embajador Mario Juvenal López Chávarri, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo que acompañará al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, durante su viaje; Que, la actividad antes referida no se encuentra prevista en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema N° 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modifi catorias, aprobadas con Resolución Suprema Nº 017-2012 DE/SG del 20 enero de 2012, Resolución Suprema N° 284-2012 DE del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema Nº 384-2012 DE del 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N° 457-2012 DE del 28 de setiembre de 2012; sin embargo, atendiendo a los intereses del Sector, resulta pertinente expedir la presente autorización de viaje; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del señor Embajador MARIO JUVENAL LÓPEZ CHAVARRI con DNI N° 07773194, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo que acompañará al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa durante su viaje a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 20 al 22 de diciembre de 2012. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 026: Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: (Lima – Guayaquil- Lima) US $ 2,312.32 (Incluye TUUA) x 01 persona = US $. 2,312.32 Viáticos: US $ 200.00 x 02 días x 01 persona = US $. 400.00 --------------------- TOTAL = US $. 2,712.32 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 878474-8 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1388-2012-DE/SG Lima, 12 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 931 del 27 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4737 del 7 de diciembre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar los Estados Unidos de América; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 17 al 21 de diciembre de 2012, con la fi nalidad de llevar a cabo un Entrenamiento de Tiro Simulado con la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en el Callao; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 17 al 21 de diciembre de 2012, con la fi nalidad que participen en un Entrenamiento de Tiro Simulado con la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en el Callao.