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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480829 TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS N° DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INCIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Automático Evaluación Previa Número y Denominación Formulario / Código / Ubicación (en % UIT) (en S/.) Positivo Negativo RECONSIDERACIÓN APELACIÓN I OTORGAMIENTO DE PRESTACIONES - RÉGIMEN DECRETO LEY N° 19990 1 PENSIÓN DE JUBILACIÓN – RÉGIMEN COMÚN Decreto Supremo N° 014-74-TR (07.08.1974) arts. 4°, 38°, 40°, 43° y 46°; Decreto Ley N° 25967 (19.12.1992) arts. 1º, 2º y 3º; Ley N° 26504 (18.07.1995) art. 9º; Ley N° 27585 (12.12.2001) arts. 1º y siguientes; Decreto Supremo N° 057-2002-EF (06.04.2002) art. 5°; Decreto Supremo N° 015-98-PCM (25.04.1998) art. 84º inciso d); Ley N° 27444 (11.04.2001), art. 115°, 115.1, 40.1.5; Código Civil, art. 155°; Decreto Supremo N° 063-2007-EF (29.05.2007) art. 3°; Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 04762- 2007-PA/TC; Ley N° 29711 - Ley que modifica el artículo 70 del Decreto Ley 19990 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 092-2012-EF); Decreto Supremo Nº 011-74-TR art. 7º; 1. Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante. 2. Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si además se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dichos casos se debe exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del carné de extranjería o Pasaporte. 3. Documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral y la(s) dirección(es) actualizada(s) de la ubicación de los libros de planillas del empleador o empleadores en caso de conocerlas. Entre los documentos que puede adjuntar se encuentran: x Certificados de Trabajo. x Boletas de Pago de remuneraciones con firma y/o sello del empleador. x Liquidación de tiempos de servicios o de Beneficios Sociales con firma y/o sello del empleador. x Constancias de aportaciones de ORCINEA, del IPSS o EsSalud. x Declaración Jurada del Empleador indicando los periodos laborados sobre los cuales se efectuó retención al Sistema Nacional de Pensiones, suscrita por el representante legal, condición que se acreditará con la copia literal de ficha emitida por Registros Públicos. x Documento que acredite que en la empresa donde trabajó hubo reducción o cese total de personal. x Copia de los libros de planillas de remuneraciones. x Copia simple del Comprobante de Retenciones de Aportes al Sistema Nacional de Pensiones si cesó a partir del 22.12.2001 x Carné de seguro social IPSS (obrero y/o empleado). x Carné autogenerado o constancia de Inscripción al Seguro Social. x Otros documentos expedidos por el empleador donde consigne fecha cierta y se haga mención al solicitante. 4. Si se tratase de asegurado facultativo, copia simple legible de la resolución de inscripción o recuperación de la condición de facultativo (Sólo si el documento no ha sido emitido por ONP) y comprobantes de pago que acrediten los aportes efectuados. 5. Copia del recibo de pago de algún servicio público y/o Declaración Jurada, sólo en los casos en los que el domicilio declarado no coincida con el consignado en el documento de identidad. SIN FORMULARIO GRATUITO X 1 año 3 meses Plataformas de Atención al Público a nivel nacional Subdirector de Calificaciones 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días 3. Resuelve: Subdirector de Calificaciones 4. Plazo de Resolución: 30 días 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días 3. Resuelve: Director de Producción 4. Plazo de Resolución: 30 días 2 PENSIÓN DE JUBILACIÓN - REGÍMENES ESPECIALES (Ver nota 1) Decreto Supremo N° 014-74-TR (07.08.1974) arts. 4°, 38°, 40°, 43° y 46°; Decreto Ley N° 25967 (19.12.1992) arts. 1º, 2º y 3º; Ley N° 26504 (18.07.1995) art. 9º; Ley N° 27585 (12.12.2001) arts. 1º y siguientes; Decreto Ley N° 19990 (30.04.1973) art. 3° inciso d) y art. 38°; Ley N° 24827 (03.06.1988) arts. 1º y 4º; Ley N° 27986 (03.06.2003) art. 18º; Decreto Supremo N° 011-74-TR (07.08.74) arts. 2° y 7º; Ley N° 24705 (25.06.1987) arts. 2º, 3° y 4°; Decreto Supremo N° 001-74-TR (26.02.1974) arts. 1º y siguientes; Ley N° 25009 (25.01.1989) arts. 1º, 2º, 3º y siguientes; Ley N° 24527 (12.06.1986) arts. 1º y 2º; Ley N° 24795 (23.03.1988) art. único; Decreto Ley N° 21933 (14.09.1977) arts. 1º, 2º y 3º; Ley N° 23370 (31.12.1981) art.1º; Decreto Ley N° 21952 (05.10.1977) art. 1º; Decreto Supremo N° 04-78-TR (31.03.1978) arts. 1º y siguientes Ley N° 25173 (05.01.1990) art. 1º; 1. Exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente y en el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante. 2. Poder General, si la solicitud es presentada por un tercero o Poder Especial si además se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el Documento Nacional de Identidad vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del carné de extranjería o Pasaporte. 3. Documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral y la(s) dirección(es) actualizada(s) de la ubicación de los libros de planillas del empleador o empleadores en caso de conocerlas (a excepción de las amas de casa). Entre los documentos que puede adjuntar se encuentran: x Certificados de Trabajo. x Boletas de Pago de remuneraciones con firma y/o sello del empleador. x Liquidación de tiempos de servicios o de Beneficios Sociales con firma y/o sello del empleador. x Constancias de aportaciones de ORCINEA, del IPSS o EsSalud. x Declaración Jurada del Empleador indicando los periodos laborados sobre los cuales se efectuó retención al Sistema Nacional de Pensiones, suscrita por el representante legal, condición que se acreditará con la copia literal de ficha emitida por Registros Públicos. x Documento que acredite que en la empresa donde trabajó hubo reducción o cese total de personal. x Copia de los libros de planillas de remuneraciones. x Copia simple del Comprobante de Retenciones de Aportes al Sistema Nacional de Pensiones si cesó a partir del 22.12.2001 x Carné de seguro social IPSS (obrero y/o empleado). x Carné autogenerado o constancia de Inscripción al Seguro Social. x Otros documentos expedidos por el empleador donde consigne fecha cierta y se haga mención al solicitante. 4. Si se tratase de asegurado facultativo, copia simple legible de la resolución de inscripción o recuperación de la condición de facultativo (sólo si el documento no ha sido emitido por ONP) y comprobantes de pago que acrediten los aportes efectuados. 5. Copia del recibo de pago de algún servicio público y/o Declaración Jurada, sólo en los casos en los que el domicilio declarado no coincida con el consignado en el documento de identidad. 6. Exhibir la licencia de conducir y entregar copia simple (sólo para el caso de chofer profesional independiente). 7. Comprobantes de pago que acrediten los aportes (sólo para el caso de amas de casa). 8. Certificado de Trabajo o Declaración Jurada indicando modalidad de trabajo (socavón, tajo abierto o centro de producción minera siderúrgica o metalúrgica), sólo para el caso de mineros. Adicionalmente, SIN FORMULARIO GRATUITO X 1 año 3 meses Plataformas de Atención al Público a nivel nacional Subdirector de Calificaciones 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días 3. Resuelve: Subdirector de Calificaciones 4. Plazo de Resolución: 30 días 1. Dirigido al: Subdirector de Calificaciones 2. Plazo de Presentación: 15 días 3. Resuelve: Director de Producción 4. Plazo de Resolución: 30 días 1 En este régimen están comprendidos los choferes profesionales independientes, trabajadores del hogar, amas de casa, trabajadores mineros, periodistas, marítimos, pilotos, copilotos, de la industria del cuero y de construcción civil. INICIO DEL