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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480879 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca hasta por la suma de S/. 926,962.00 (Novecientos Veintiséis Mil Novecientos Sesenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución de la actividad denominada: “Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales Tramos Tres de Mayo, Quimpichari, San Pedro y Tramos en Puerto La Paz-Puerto Príncipe-Acceso Naranjal en el distrito de Tournavista”, correspondiente al Programa Presupuestal Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIR DAIS. Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución, se ejecutará con sujeción a la aprobación de calendario de pagos de DEVIDA por parte del Ministerio de Economía y Finanzas y con cargo al Presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2012 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, conforme a la normativa vigente. Artículo Tercero.- La Transferencia Financiera se efectuará conforme al anexo que forma parte de la presente resolución y siempre que la Entidad Ejecutora cumpla con las condiciones pactadas en el Convenio Específi co señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- En concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 29812, la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfi eran para la ejecución de la actividad citada en el artículo primero de la presente Resolución, quedando prohibido de reorientar dichos recursos a otras actividades o proyectos y que efectúe anulaciones presupuestales con cargo a los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 202-2012-DV-PE ENTIDAD EJECUTORA: Municipalidad Provincial de Puerto Inca Proyecto Tipo de Ejecución Presupuestaria Desembolsos S/. Transferencia Financiera hasta por S/. 1º Desembolso 2º Desembolso Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales Tramos Tres de Mayo, Quimpichari, San Pedro y Tramos en Puerto La Paz- Puerto Príncipe-Acceso Naranjal en el distrito de Tournavista Directa S/. 926,962.00 S/. 0.00 S/.926,962.00 TOTAL S/. Novecientos Veintiséis Mil Novecientos Sesenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles 878135-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Directiva Administrativa Nº 004-2012-SIS-GREP “Directiva que Norma el Proceso de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Seguro Integral de Salud” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 200-2012/SIS Lima, 11 de diciembre de 2012 VISTOS: El Proveído N° 87-2012-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones y el Proveído N° 176-2012-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, creado mediante Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya misión es captar y administrar los recursos destinados al fi nanciamiento de las prestaciones de salud individual, incluidas en los planes de benefi cios, con la fi nalidad de cubrir los riesgos en salud de la población asegurada a nivel nacional de conformidad con la política del Sector; Que, el artículo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud debe diseñar, rediseñar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, señala como una de las competencias de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones “Estudiar y proponer los productos y servicios en salud, que se oferten a los asegurados y que se compren al proveedor de servicios de salud para benefi cio de una población específi ca, incluyendo los parámetros cualitativos y cuantitativos utilizados para su valoración y las pautas de evaluación y monitoreo para los diferentes productos y servicios que se compren.”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 120-2012/SIS, se aprobó la Segunda Reprogramación del Plan Operativo Institucional del Seguro Integral de Salud, correspondiente al periodo presupuestal 2012, el cual considera en el Código A.5.7.13 como una de las actividades operativas de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones la “Elaboración de Directiva Evaluación de Tecnologías Sanitarias” a aprobarse por Resolución Jefatural; Que, el numeral 11.5 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, establece que corresponde al Jefe del SIS aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales; Que, conforme al documento de vistos de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, resulta necesario contar con una norma institucional que permita estandarizar los elementos conceptuales, metodología y procesos para el desarrollo de Evaluaciones de Tecnologías Sanitarias (ETS); Que, con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de Prestaciones, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 004-2012-SIS-GREP “Directiva que Norma el Proceso de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Seguro Integral de Salud” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, coordinar las acciones necesarias para la implementación y ejecución de la Directiva aprobada en el Artículo precedente. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud (e) 878104-1