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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480889 funciones vinculadas o complementarias al Poder Judicial en materia de justicia indígena y justicia de paz. 16. Presentar la Memoria Anual de la Justicia de Paz al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para su aprobación. 17. Cumplir otras funciones que le asigne el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial o la ley. Artículo 29º. Funciones de las Ofi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz. Son funciones de las Ofi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz: 1. Mantener actualizado el registro distrital de Jueces de Paz. 2. Diseñar y promover medidas de apoyo a la Justicia de Paz. 3. Ejecutar los procesos de capacitación a los Jueces de Paz. 4. Orientar a los Jueces de Paz, cuando afronten procesos disciplinarios o judiciales por actos vinculados al ejercicio de sus funciones. 5. Sistematizar la información pertinente sobre el funcionamiento y problemas de la Justicia de Paz. 6. Coordinar el pago por diligenciamiento de exhortos a los Jueces de Paz. 7. Coordinar con la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y a la Justicia Indígena sobre el uso del Fondo de Apoyo a la Justicia de Paz. 8. Realizar seguimiento al correcto desenvolvimiento de los procesos de elección. 9. Realizar un control preventivo del desempeño de los Jueces de Paz. 10. Brindar asesoría a los Jueces de Paz que lo requieran. 11. Cumplir otras funciones que le asigne la Ley, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial u otras normas administrativas. TÍTULO TERCERO DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES E INTERINSTITUCIONALES Artículo 30º. El Consejo Ejecutivo, celebra toda clase de convenios y cooperación e intercambio dentro de la Constitución y las leyes con entidades nacionales o extranjeras, para asegurar el fi nanciamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 31º. El Consejo Ejecutivo mantiene relaciones funcionales con la Presidencia del Poder Judicial, la Sala Plena de la Corte Suprema, los Consejos Ejecutivos Distritales, Presidentes y Salas Plenas de las Cortes Superiores del país, con el objetivo de mejorar la administración de justicia. Artículo 32º. El Consejo Ejecutivo, mantiene relaciones interinstitucionales con los organismos estatales que conforman el sistema para el cumplimiento de sus fi nes y con el objetivo de mejorar la administración de justicia. Artículo 33º. El Consejo Ejecutivo, mantiene relaciones con personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus fi nes, objetivos y funciones generales. Artículo 34º. Promover, en coordinación con la Academia de la Magistratura, la especialización, el perfeccionamiento y la actualización jurídica de los magistrados de toda la República.  CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL ASESORIA LEGAL ORGANIGRAMA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL SECRETARIA GENERAL CENTRO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES OFICINA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL GERENCIA GENERAL OFICINA DE MEDICION DEL DESEMPEÑO JURISDICCIONAL OFICINASDISTRITALES DEAPOYOALA JUSTICIADEPAZ OFICINA DE ORGANIZACIÓN DE CUADROS DE MERITO Y DE ANTIGÜEDAD OFICINA NACIONAL DE APOYO A LAJUSTICIA DE PAZ Y A LA JUSTICIA INDIGENA 878346-1