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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480874 la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Sullana - El Alamor del Eje Vial 02 de Interconexión Vial Perú - Ecuador, ubicados en los distritos de Marcavelica y Querecotillo, provincia de Sullana, departamento de Piura; Que, a través del Memorándum No. 5202-2012- MTC/20.6 de fecha 03 de octubre de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitió el Informe No. 452-2012-MTC-20.6.3/ DMMA, de la Especialista Legal en la implementación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI(s), mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de una tasación elaborada por la DNC, que corresponde a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Sullana - El Alamor del Eje Vial 02 de Interconexión Vial Perú - Ecuador; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe No. 727-2012- MTC/20.3, de fecha 09 de octubre de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de la tasación señalada en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación No. 582-2012-MTC/20 de fecha 15 de octubre de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de dicha entidad mediante Memorándum No. 5202-2012-MTC/20.6, para la aprobación de una tasación que corresponde a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Sullana - El Alamor del Eje Vial 02 de Interconexión Vial Perú - Ecuador; señalando además, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que corresponde a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Sullana - El Alamor del Eje Vial 02 de Interconexión Vial Perú - Ecuador, ubicado en el distrito de Marcavelica, provincia de Sullana, departamento de Piura; conforme al siguiente detalle: ÍTEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL ($) 1 SULLAL-T-02 209,09 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 877444-1 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 733-2012 MTC/02 Lima, 10 de diciembre de 2012 VISTOS: El Informe Nº 555-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Informe Nº 383-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Perú S.A., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de diciembre de 2012, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Perú S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nºs. 555-2012-MTC/12.04 y 383-2012-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los señores Guido Tulio Zavalaga Ortigosa y Alfredo Federico Alvarez Zevallos, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 19 al 22 de diciembre de 2012, del 26 al 28 de diciembre de 2012 y del 29 al 31 de diciembre de 2012 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,