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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480893 a) nombre o razón social de la encuestadora; b) copia del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura pública de constitución social de la empresa inscrita en los Registros Públicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realización de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente, y f) acreditación de un profesional colegiado en Economía o especialista en Estadística, para llevar a cabo las encuestas, de conformidad con el literal c del artículo 1 de la Ley Nº 15488, Ley del Economista, modifi cada por la Ley Nº 25431. Asimismo, el ítem 10.87 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 038-2009- JNE, exige que se presente un compromiso de pago de publicación de la resolución de inscripción. 3. Si bien en el citado artículo se exige la presentación del testimonio de la escritura pública de constitución social inscrita en los Registros Públicos, en donde conste como parte del objeto social la realización de encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto, este organismo electoral considera que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería S.A.C. satisface dicho requisito en la medida en que son fi nes de las universidades la formación académica y la investigación, constituyendo las actividades de realización de encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto, una manera de investigar la realidad. 4. De lo antes expuesto, dado que la recurrente ha cumplido con presentar y subsanar los demás requisitos señalados en el Reglamento, acreditando al profesional calificado y asumiendo el compromiso de pago de publicación de la presente resolución, este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripción presentada, asignar un número de registro y abrir la partida correspondiente. La inscripción otorgada perderá vigencia luego de transcurridos tres años contados a partir del día siguiente de la publicación en el diario ofi cial El Peruano de la presente resolución, en conformidad con el artículo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor Baldomero Elías Ayvar Carrasco, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería S.A.C., con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20319363221, la que deberá sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- ABRIR la partida correspondiente para que dicha entidad realice encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de voto, y asignarle como código de identificación el Registro Nº 0226-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. AYVAR CARRASCO PEREIRA RIVAROLA LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 862654-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para Consultas Populares de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de los distritos de Ate y Pucusana RESOLUCION JEFATURAL Nº 214-2012-J/ONPE Lima, 12 de diciembre de 2012 VISTOS; El Informe Nº 024-2012-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Ofi cio N° 4893-2012- SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones y el Informe Nº 272-2012-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 1000-2012-JNE publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 01 de noviembre de 2012, el Jurado Nacional de Elecciones- JNE ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el día domingo 17 de marzo de 2013; Que, asimismo, mediante Resolución N° 1068-2012- JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2012, el JNE incluyó los distritos de Ate y Pucusana en el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales antes citado; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487, es función de la ONPE planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo, que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Que, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ ONPE, respectivamente, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar las especifi caciones técnicas de los tipos de cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural N° 197-2012- J/ONPE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el pasado 18 de noviembre, se aprobó y publicó el diseño de la cédula de sufragio, para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013; Que, el JNE, con fecha 29 de noviembre, publicó la Resolución N° 1081-2012-JNE, donde considera