Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2012 (14/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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a) nombre o razon social de la encuestadora; b) MORDAZA del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura publica de constitucion social de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente, y f) acreditacion de un profesional colegiado en Economia o especialista en Estadistica, para llevar a cabo las encuestas, de conformidad con el literal c del articulo 1 de la Ley Nº 15488, Ley del Economista, modificada por la Ley Nº 25431. Asimismo, el item 10.87 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 038-2009JNE, exige que se presente un compromiso de pago de publicacion de la resolucion de inscripcion. 3. Si bien en el citado articulo se exige la MORDAZA del testimonio de la escritura publica de constitucion social inscrita en los Registros Publicos, en donde conste como parte del objeto social la realizacion de encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de MORDAZA, este organismo electoral considera que la Universidad Continental de Ciencias e Ingenieria S.A.C. satisface dicho requisito en la medida en que son fines de las universidades la formacion academica y la investigacion, constituyendo las actividades de realizacion de encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de MORDAZA, una manera de investigar la realidad. 4. De lo MORDAZA expuesto, dado que la recurrente ha cumplido con presentar y subsanar los demas requisitos senalados en el Reglamento, acreditando al profesional calificado y asumiendo el compromiso de pago de publicacion de la presente resolucion, este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripcion presentada, asignar un numero de registro y abrir la partida correspondiente. La inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el diario oficial El Peruano de la presente resolucion, en conformidad con el articulo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Universidad Continental de Ciencias e Ingenieria S.A.C., con Registro Unico de Contribuyentes (RUC) Nº 20319363221, la que debera sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas. Articulo Segundo.ABRIR la partida correspondiente para que dicha entidad realice encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de MORDAZA, y asignarle como codigo de identificacion el Registro Nº 0226-REE/JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. AYVAR MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 862654-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban modelos definitivos de cedulas de sufragio para Consultas Populares de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de los distritos de Ate y Pucusana
RESOLUCION JEFATURAL Nº 214-2012-J/ONPE MORDAZA, 12 de diciembre de 2012 VISTOS; El Informe Nº 024-2012-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, el Oficio N° 4893-2012SG/JNE de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones y el Informe Nº 272-2012-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 1000-2012-JNE publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 01 de noviembre de 2012, el MORDAZA Nacional de EleccionesJNE ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para el dia MORDAZA 17 de marzo de 2013; Que, asimismo, mediante Resolucion N° 1068-2012JNE, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2012, el JNE incluyo los distritos de Ate y Pucusana en el MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales MORDAZA citado; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, de conformidad con el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Ley N° 26487, es funcion de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisandose en el literal b) del mismo articulo, que es funcion de este organismo constitucional MORDAZA disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que, de conformidad con los literales f) y g) del articulo 45º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado con Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ ONPE, respectivamente, es funcion de la Gerencia de Gestion Electoral elaborar las especificaciones tecnicas de los tipos de cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; asi como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobacion por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideracion las citadas normas legales, mediante Resolucion Jefatural N° 197-2012J/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 18 de noviembre, se aprobo y publico el diseno de la cedula de sufragio, para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013; Que, el JNE, con fecha 29 de noviembre, publico la Resolucion N° 1081-2012-JNE, donde considera

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