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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2012 481777 ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 2013 Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que establece el Monto por Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio del Año 2013 Artículo Segundo.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 256/MDC la misma que fue ratificada por la Municipalidad metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 453-MML, ambos publicados el 21 de marzo del 2012, a efectos que se establezcan para el ejercicio 2013, el mismo monto por los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Secretaria General la remisión de la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 881389-1 Aprueban costos de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2013 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 271/MDC Carabayllo, 26 de noviembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 009-2012-CAJFCI/CEPP/MDC, de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional y la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, la misma que se pronuncia sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba los costos de los Arbitrios Municipales de recolección de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y Serenazgo para el ejercicio 2013 para el distrito de Carabayllo, y el Informe Nº 030-2012-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, por lo que se proponen las normas para regular los Arbitrios Municipales Correspondientes al año 2013, y la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 311-2012- GAJ/MDC, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en atención a ello en su artículo 74º se prescribe que les otorga potestad tributaria para establecer mediante Ordenanza arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se señala que las municipalidades pueden imponer entre otras tasas, la de arbitrios, que es aquella que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente, defi nición que guarda concordancia con lo que establece la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, el artículo 69-B del Decreto Legislativo Nº 776, y su Texto Único Ordenado vigente por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece las condiciones para determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas al 01 de enero del año fi scal anterior, reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor - IPC, vigente en la Capital del Departamento, correspondiente a dicho ejercicio fi scal; Que, la presente Ordenanza debe ser ratifi cada por el Concejo Metropolitano de Lima, de conformidad con la Ordenanza N° 1533-MML, publicada en 27 de Junio del 2011. En ese sentido, la Municipalidad de Carabayllo considera razonable y legal aprobar la presente Ordenanza que dispone únicamente el reajuste de los montos de las tasas establecidas en la Ordenanza N° 249-A/MDC, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2012, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo N° 1564-MML, publicada el 31 de Diciembre del 2011. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS COSTOS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, BARRIDO DE CALLES, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2013 Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE: APLIQUESE para el ejercicio 2013, las disposiciones normativas, los anexos e informes técnicos, la estructura de costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo contenidos en la Ordenanza Nº 249-MDC, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 1564-MML, publicada el 31 de Diciembre del 2012. Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES. Para el ejercicio 2013 se aplicarán los costos y las tasas establecidas para los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, así como la estimación de ingresos por la prestación de los servicios mencionados, establecidos en la Ordenanza Nº 249-MDC, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 1564-MML, publicada el 31 de Diciembre del 2012, que aprueba los arbitrios del ejercicio 2012, reajustado con la variación acumulada del índice de Precios al Consumidor – IPC al 31 de Agosto del presente, que asciende a 2.14% aprobado por Resolución Jefatural N° 218-2012, publicada el 01 de setiembre del 2012. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO: APRUÉBESE el Informe Técnico que sustenta el mantenimiento de los costos por los servicios públicos y de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calle, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo; así como las estimaciones de los ingresos por la prestación de los referidos servicios, y el cuadro de tasas aplicables para el ejercicio 2013, los mismos que en Anexos forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DE LA VIGENCIA DE LA NORMA: DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del año 2013 previa publicación conjunta con el Acuerdo de Concejo ratifi catorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DE SU DIFUSIÓN.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial y demas órganos competentes