Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2012 (22/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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la Amazonia Peruana (UNAP), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion rectoral. Articulo Segundo.- Otorgar a don MORDAZA Pasquel MORDAZA pasaje aereo en la ruta Iquitos/Lima/Iquitos, ocho dias de viaticos internacionales, tres dias de viaticos nacionales, una asignacion economica de S/.4,668.25 (cuatro mil seiscientos sesenta y ocho y 25/100 nuevos soles) para gastos de pasaje aereo en la ruta Lima/Madrid/ MORDAZA, tramite de visa, y de US$ 25.00 (veinticinco y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional, para gastos de seguro de vida. Articulo Tercero.- Precisar que la autoridad mencionada en el articulo precedente tiene quince dias calendario, a partir del dia siguiente de su retorno para presentar el boleto el pasaje aereo utilizado y la rendicion de cuenta documentada de los viaticos nacionales e internacionales y de las asignaciones economicas otorgadas, en la Oficina General de Administracion (OGA). Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion (OGA), la publicacion de la presente resolucion rectoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Autorizar a los jefes de las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion, cumplir con lo dispuesto en la presente resolucion, cargando el egreso a la estructura funcional programatica, cadena de gastos y MORDAZA de financiamiento de los creditos presupuestarios, aprobados en el Presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2012. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA PASQUEL MORDAZA Rector

18 de MORDAZA de 2012, fue sentenciado por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata, a cuatro anos de pena privativa de la MORDAZA, suspendida por el periodo de prueba de tres anos, como autor del delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de usurpacion de funciones en agravio del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Asimismo, se le fijo la suma de S/. 3 000,00 nuevos soles por concepto de reparacion civil, y se le impuso la medida de inhabilitacion de un ano. Agregan que dicha sentencia fue confirmada el 20 de setiembre de 2012 por la Sala Penal Mixta de Apelaciones de MORDAZA de Dios. Respecto a los descargos presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente regional de MORDAZA de MORDAZA El 4 de octubre de 2012, el presidente regional presento sus descargos, senalando lo siguiente: a) El articulo 31, numeral 3, de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR), establece que la suspension, en caso de sentencia condenatoria, solo procede cuando no MORDAZA recurso pendiente de resolver y cuando la sentencia se encuentre consentida o ejecutoriada. b) En su caso, si bien es MORDAZA existe una sentencia condenatoria, esta no ha quedado consentida ni ejecutoriada, por cuanto, en ejercicio de su derecho de defensa, ha interpuesto recurso de casacion contra la sentencia emitida por la Sala Superior Mixta y Penal de Apelaciones de MORDAZA de Dios. En ese sentido, encontrandose pendiente de resolver el recurso de casacion, no puede aprobarse la suspension en el cargo que ejerce. Respecto a la decision del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA El 11 de octubre de 2012, en sesion extraordinaria, y con el MORDAZA en mayoria de los consejeros regionales, se decide suspender a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cargo de presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 080-2012-RMDD/CR. Respecto al recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El presidente regional, al no estar conforme con la decision del consejo regional, interpuso recurso de reconsideracion, bajo los siguientes fundamentos: a) El procedimiento de suspension iniciado en su contra es nulo, toda vez que se ha vulnerado el debido MORDAZA y el derecho de defensa, ya que no se ha respetado el plazo legal para la convocatoria a las sesiones extraordinarias de los dias 4 y 11 de octubre de 2012. Afirma tambien que no se le ha otorgado un plazo razonable para ejercer su derecho de defensa. b) El acuerdo de concejo que dispuso su suspension no se encuentra debidamente motivado. Respecto al pronunciamiento del consejo regional respecto al recurso de reconsideracion En sesion extraordinaria de consejo, de fecha 25 de octubre de 2012, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, declaro improcedente la solicitud de nulidad e infundado el recurso de reconsideracion, emitiendose, para tal efecto, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 081-2012RMDD/CR. Respecto al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Al no estar de acuerdo con la decision adoptada, el recurrente interpuso, con fecha 13 de noviembre de 2012, recurso de apelacion. Dicho recurso de apelacion se fundamenta en los siguientes hechos: a) Se incurre en error al senalar que el recurso de reconsideracion debe ampararse en nueva prueba, ya que

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MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1115 -2012-JNE
Expediente Nº J-2012-01554 MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, siete de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 7 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 081-2012-RMDD/CR, que declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la decision del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA de suspenderlo en el cargo de presidente regional de MORDAZA de MORDAZA, al haber incurrido en la causal establecida en el articulo 31, numeral 3, de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2012-01367 y Nº J-2012-1400, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de suspension Con fecha 28 de setiembre de 2012, los consejeros regionales MORDAZA MORDAZA Valcarcel Toullier, MORDAZA Massiel Reyner MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitaron ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, que se convocase a sesion extraordinaria con la finalidad de que el pleno se pronuncie sobre la suspension en el cargo de presidente regional que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener sentencia judicial condenatoria, emitida en MORDAZA instancia, por delito doloso con pena privativa de la libertad. Argumentan como sustento de su solicitud que el presidente regional, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha

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