Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

Que, con Hoja de Coordinacion Interna Nº 5440-2011ME/SPE-UP, el Jefe de la Unidad de Presupuesto informa que existe disponibilidad presupuestal por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para cubrir la diferencia existente del pasaje aereo del mencionado funcionario; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administracion General, la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretende retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; De conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y en su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar con eficacia anticipada, el Articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 042-2011-ED, en el extremo del costo del pasaje aereo del senor MORDAZA Bolanos Galdos, Viceministro de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: "Articulo 2º.- (...) Pasajes aereos (incluye TUUA): S/. 2,071.62 (...)" Articulo 2º.- El referido gasto sera cubierto por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 024 - Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 740165-3

Que, el Decreto Supremo N° 001-2011-ED establece que la contratacion de personal docente en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva, a partir de la fecha, se lleva a cabo en estricto orden de meritos, mediante el desarrollo de una Prueba Unica Regional atendiendo a los principios de calidad y capacidad profesional, la que se elabora de acuerdo a la matriz disenada por el Ministerio de Educacion quien verificara que dicha Prueba cumpla con los niveles de exigencia que aseguren su idoneidad. Que, es necesario establecer normas y procedimientos para la seleccion, evaluacion y contratacion de docentes, en los Centros Rurales de Formacion en Alternancia (CRFA) de Educacion Secundaria que aseguren la contratacion oportuna de personal idoneo para este cargo al inicio del ano escolar 2012, en las regiones donde actualmente vienen funcionando, garantizando la transparencia, imparcialidad e igualdad de oportunidades; Que, para facilitar el MORDAZA de seleccion y contratacion de personal docente para los Centros Rurales de Formacion en Alternancia publicos de Educacion Secundaria, tanto de gestion directa como por convenio, es necesario establecer un procedimiento especial, que incluye la Prueba Unica Regional, de acuerdo a la Matriz disenada por el Ministerio de Educacion para cada una de las modalidades y formas educativas; Que, en el MORDAZA de la Movilizacion Nacional por el Primer Dia de Clases, se busca asegurar que el primer dia del ano escolar 2012 todas las instituciones educativas publicas del MORDAZA cuenten con sus respectivos profesores; Estando a la visacion efectuada por la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 049-2011-ME/ VMGP/DIGEBR, "Normas y Procedimientos para el MORDAZA de Seleccion y Contratacion de Docentes para los Centros Rurales de Formacion en Alternancia de Educacion Secundaria en el periodo lectivo 2012", la cual forma parte de la presente Resolucion; Articulo 2°.- La presente Resolucion es de observancia y cumplimiento obligatorio en las instancias de gestion educativa descentralizada senaladas en los incisos a), b) y c) del articulo 65° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion. Articulo 3°.- Establecer que la evaluacion tecnica establecida en la Directiva que se aprueba en el articulo primero de la presente Resolucion, corresponde a la Prueba Unica Regional a aplicarse el 22 de enero del 2012 a partir de las 09.00 horas, en los lugares y locales determinados por las Direcciones Regionales de Educacion, tal como se ha establecido en la Resolucion Jefatural N° 4092-2011-ED. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Directiva, en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) en la misma fecha de publicacion oficial de la presente Resolucion Directoral, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PACORA Directora General de Educacion Basica Regular 739675-1

Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos para el MORDAZA de Seleccion y Contratacion de Docentes para los Centros Rurales de Formacion en Alternancia de Educacion Secundaria en el periodo lectivo 2012"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2936-2011-ED MORDAZA, 26 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, en el inciso h) del articulo 80°, establece como funcion del Ministerio de Educacion definir las politicas sectoriales de personal; Que, la Ley N° 27257, Ley que establecia las condiciones de renovacion automatica y contratacion de docentes en las instituciones educativas publicas y todas las demas disposiciones que se opongan a dicha Ley, fue derogada por el articulo 6° de la Ley N° 27491;

Ratifican Acuerdo del CONEAU mediante el cual se certifica a Evaluadores Externos con fines de Acreditacion para la MORDAZA Profesional de Medicina
CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION Nº 023-2011-SINEACE/P MORDAZA, 24 de octubre de 2011

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